ANOTACIONES DE "LOS CUADERNOS"
CAPÍTULO
VII
El Dr. Bonadío por fin se decide a
profundizar en su análisis y nos expresa cómo está corroborada la veracidad de
las anotaciones de los cuadernos en un extenso listado de 21 puntos donde
expone los hechos anotados y las pruebas por él colectadas que los corroboran.
Empieza así:
Destacamos el abuso de la palabra “mucho”
como un elemento sustantivo para dar la impresión de que en realidad hay una
cantidad de pruebas que sobrepasan lo normal. Son muchas, no pocas, algunas o
una. Muchas. Pero no nos dice cuántas, que sería lo que un perito haría, pero
claro, él no es perito, sino Juez y un Magistrado no está obligado a ser
preciso.
Vemos que tiene interés para el Dr. Bonadío
los ingresos a la Quinta de Olivos, no tanto para qué entró ni qué hizo, sino
sólo que entró. Bueno, al parecer probó que entró, pero no nos dice que probó
justamente lo más importante, es decir para qué entró y qué hizo dentro.
Si entrar a la Quinta de Olivos es prueba
de un delito, el país está en problemas.
Luego de esto nos da el detalle de
“algunos” de esos “muchos” ingresos (no sabemos por qué se privó de darnos
“todos” los ingresos dado que el método de la sana crítica lo obliga a eso,
pero bueno, veamos esos “algunos” que eligió:
Se observa claramente que los ingresos a la
Quinta de Olivos seleccionados por Bonadío van desde el 4 de setiembre de 2008
al 18 de octubre de 2010. Rara selección porque él nos ha indicado
anteriormente con precisión que esta asociación ilícita actuó entre el año 2003
y el año 2015, lo que le deja mucho tiempo sin “corroboración” y es un gran
agujero en el relato histórico que debe hacernos según la Corte Suprema de
Justicia.
Claro que veremos que suple la etapa entre
el 2013 y el 2015 con lo expresado en su testimonial por el periodista Cabot,
quien es el que le tiene que señalar a Bonadío que en esta etapa, los bolsos
eran entregados en la vía pública.
Menos mal que tenía este testimonio a mano
el Dr. Bonadío porque si no se quedaba sin poder “corroborar” la veracidad de
las anotaciones. Claro que ese testimonio del Sr. Cabot no hizo más que exponer
lo que leyó en los cuadernos. O sea que Bonadío da por corroborado que los
bolsos se entregaron a partir de 2013 en la vía pública, no porque esté anotado
en los cuadernos, sino porque el Sr. Cabot dice que los cuadernos dicen que se
entregaban en la vía pública y eso entonces corrobora lo que dicen los
cuadernos.
Pero sigue teniendo un problema con esto
porque le falta corroborar la etapa entre el 2003 y 2008, período en que
supuestamente los bolsos tendrían que haber sido entregados igual que entre
2008 y 2010, dado que nada se menciona respecto a que así no era y el período
entre 2010 y 2013, que tampoco se dice cómo se entregaban los bolsos ni dónde.
Siguen faltándole capítulos al Dr. Bonadío
para que esta historia pueda ser considerada sana crítica.
En el punto 2) de sus “corroboraciones” nos
dice el Dr. Bonadío:
Expone 3 compras de bolsos y lo hace
diciendo que son de los días 11 de febrero de 2008, 13 de marzo de 2008 y 21 de
mayo de 2008. Nada más. Tres (3) compras de bolsos para justificar 12 años de
asociación ilícita recaudando dinero en bolsos y, para colmo, efectuadas esas
compras en un lapso de tan sólo 4 meses en el año 2008.
Una de las compras “anotadas” hace mención
a que se compraron “dos bolsos” (la del 11 de febrero de 2008) y en las otras
dos anotaciones sólo se señala que se compraron “bolsos”, sin especificar
cuántos, pero como el Dr. Bonadío dice que están las facturas entonces de allí
seguro surgen cuántos fueron.
No obstante eso quedamos en que entre 2003
y febrero de 2008 no hay nada al respecto y que tampoco lo hay entre junio de
2008 y 2015, siendo éstas grandes lagunas a llenar en la investigación.
En este segundo punto de “corroboración” de
las anotaciones en los cuadernos, seguimos descubriendo que el Dr. Bonadío da
crédito de que lo anotado es verdad porque corrobora los hechos que señala,
pero esos hechos no tienen ninguna relación con ilícito alguno, por lo tanto
hasta ahora sólo tiene corroborado el Dr. Bonadío que las anotaciones a las que
alude son producto de hechos que ocurrieron, no que esos hechos se correspondan
con un ilícito.
Veremos si tiene mejor suerte en los otros
puntos de corroboración.
Analicemos entonces el punto 3) de la
“corroboración” señalada. Dice ahí el Dr. Bonadío:
No hemos podido encontrar aún que reunirse
con “DROMI” sea considerado un ilícito, por lo que seguimos con la misma duda
que nos surge del análisis racional de estas corroboraciones. ¿Qué tiene que
ver con la causa el corroborar que algo anotado en los cuadernos haya ocurrido
cuando lo corroborado no es un ilícito?
No hay comentarios:
Publicar un comentario
No se acepta vocabulario vulgar, soez e intolerante.