jueves, 11 de octubre de 2018

CAUSA DE CORRUPCION "LOS CUADERNOS" - CAPITULO VIII


ANOTACIONES DE "LOS CUADERNOS"

CAPITULO VIII

Estamos ahora en el punto 4) de las “corroboraciones” que el Dr. Bonadío hace de las ”anotaciones” en las copias rubricadas por el actuario de los “cuadernos”.
Allí leemos:


Diez (10) fechas de “actos, eventos o viajes oficiales” con las que Bonadío entiende que está “corroborada” la veracidad de las “anotaciones” y afirmar que los ilícitos se continuaron entre 2003 y 2015.
Una de las fechas en el año 2006, 4 en el año 2008, 4 en el año 2009 y 1 en al año 2015. Las del 2008 en 4 meses diferentes y continuos (de marzo a junio). Las del 2009 son 1 en abril, 2 en mayo y 1 en noviembre. Y la de 2015 es en noviembre.
Difícil que esto sea motivo de un análisis metódico histórico de los hechos, pero esto lo tendrá que resolver el Dr. Bonadío para no quedar como que incumplió con el criterio de la Corte Suprema de Justicia en relación a utilizar el método de la sana crítica.

Vamos a enfrentarnos a un problema en este punto porque la primer fecha que menciona el Dr. Bonadío es la del 2 de abril de 2006 y tenemos que encontrar la “anotación” en el cuaderno correspondiente, pero resulta que abril de 2006 estaría incluido en DOS (2) de los “cuadernos” publicados por el Diario La Nación en el sitio web arriba indicado, el N° 2 y el N° 3, de los que ese periódico (que es el mismo donde trabaja el periodista Cabot que tuvo los originales en su poder y que declaró ante Bonadío y éste tomó ese testimonio como veraz), señala que las “anotaciones” en los mismos van desde el 17 de octubre de 2005 al 29 de junio de 2006 (el N° 2) y del 1 de enero de 2006 al 11 de enero de 2008 (el N° 3).



Pero es bueno comprobar todo por uno mismo y no dejarse llevar por lo que sale publicado en los diarios o lo que dicen los periodistas, porque en realidad esas “imágenes” de los “cuadernos”, publicadas por el diario La Nación en su sitio web, van desde el 17 de octubre de 2005 al 29 de junio del 2006 (el N° 2) y del 1 de julio de 2006 al 11 de enero de 2008 (el N° 3). Con lo cual queda despejado aquél problema inicial y sólo debemos buscar la anotación del 2 de abril de 2006 en el cuaderno N° 2.
Hay más errores en lo publicado por el Diario La Nación en su web y las iremos demostrando a medida que surjan, pero está claro que no podemos confiar en un todo en lo publicado por ese medio, al menos para este tipo de investigación tan delicada para la República.

Vayamos entonces al contenido de las “anotaciones” de aquél 2 de abril de 2006:



La “corroboración” entonces a la que alude Bonadío es que el 2 de abril de 2006 Centeno llevó al “Licenciado” “… al acto de los veteranos de guerra en la Base militar del Palomar …”.
Si alguien encuentra que eso es un ilícito que por favor me lo señale.

La segunda de las fechas es el 18 de marzo de 2008, veamos entonces esa “anotación”:


“Corroboró” entonces que participaron de un acto con la Presidenta de la Nación para la inauguración de la hidroeléctrica en Campana, Provincia de Buenos Aires.
Sigo creyendo que esto no representa un delito, pero quedo abierto a que alguien diga lo contrario si lo puede probar, sobre todo el Dr. Bonadío que es quien así lo quiere inferir en su auto de mérito.

Las 3 fechas siguientes, del 2 de abril de 2008, del 20 de mayo de 2008 y del 12 de junio de 2008, se corresponden a un nuevo acto por Malvinas en la Base Militar de El Palomar, la puesta en marcha de la segunda turbina de la central hidroeléctrica de Campana y un viaje en avión a Salta, respectivamente. Estas son las imágenes de esas “anotaciones”:



Nuevamente debo insistir que ninguno de estos “actos”, “eventos” o “viajes oficiales”, son hechos ilícitos, por lo que resulta difícil seguir el razonamiento del Dr. Bonadío hasta aquí, dado que puede “corroborar” todos los actos que quiera de esta naturaleza y con eso no probar absolutamente ningún ilícito, por cuanto si no prueba en concreto los hechos ilícitos éstos no quedan corroborados sólo porque sí pudo corroborar el resto de actos lícitos “anotados”.
La ocurrencia y comprobación de 100 hechos lícitos sin conexión directa con hechos ilícitos, no pueden determinar que los hechos ilícitos quedan probados sólo porque quien los anotó sea la misma persona y lo escribió en el mismo lugar. Todo lo que podrá afirmar el Dr. Bonadío es que probó los hechos lícitos, pero nada más.
La conexión de un hecho lícito con un hecho ilícito mediante el razonamiento de que ambos están escritos por Centeno y en los mismos cuadernos y por lo tanto si pruebo que los lícitos ocurrieron entonces los ilícitos también ocurrieron, podría hacer desaparecer el sentido común y llevarnos a que lo que sea que leamos en esos mismos cuadernos, ocurrió, no necesitando la justicia probar nada más para privar de la libertad a todos los mencionados allí.

Esa forma de razonar no lo lleva por el camino indicado por la Corte Suprema de Justicia, ni lo depositará en una conclusión lógica que pueda sostener conforme a derecho frente a Tribunales superiores.

Pero sigamos viendo las otras fechas que nos faltan:






















Estas fechas, correspondientes a 2009, tienen una particularidad porque se verifican “actos”, “eventos” y “viajes oficiales”, pero también hay dos (2) anotaciones que hacen alusión a bolso de dinero (21/5/2009 a las 21:05) y paquete con dinero (27/5/2009 a las 21:10).

Dice Centeno que el bolso era negro y estaba lleno de dinero, lo cual deviene en que lo “vió”, ¿o sólo “tomó conocimiento” de eso?, ¿o quizás sólo “pensó” que se trataba de eso? Bonadío nos deberá aclarar este punto para quitar toda duda razonable del hecho.

También dice que “Oscar” le entregó a Baratta en “la puerta” de una vivienda, un “paquete con dinero”. Nuevamente tendrá que despejar dudas el Dr. Bonadío y decirnos si Centeno “vió” que el paquete tenía dinero, si “tomó conocimiento” de ello o sólo lo ”pensó”, máxime cuando él era chofer y no lo recibió en mano al paquete sino que indica que quien lo recibió fue Baratta y en “la puerta” de esa vivienda, no en el auto, con lo cual seguramente estaba a una cierta distancia del lugar donde ocurrió ese hecho. Nótese que el horario indicado en que ocurrió ello es el de las 21:10 hs., o sea de noche y en época de bajas temperaturas (27/5/2009), por lo cual hay que ver y probar la iluminación del lugar, la temperatura ambiente en ese momento, la visibilidad de la zona, indicar dónde se estacionó el vehículo, si mientras eso ocurría hacía otra cosa que no le molestara para la “apreciación” de los hechos, si estaba encendida la calefacción, si los vidrios tenían condensación por la diferencia de temperatura entre su interior y el exterior, etc., etc.

Seguramente que Bonadío tomará los recaudos para probarnos todas estas circunstancias y así despejar toda duda.

Dejamos en solitario a la última fecha señalada en sus “corroboraciones” por el Dr. Bonadío, con el propósito de que nos ilumine de dónde tomó dicha “anotación”, por cuanto el cuaderno N° 8, último de la saga, tiene anotaciones entre el 2 de junio de 2015 y el 22 de octubre de 2015 (aún cuando el Diario La Nación en su sitio web señala que es hasta el 3 de noviembre de 2015).



No sé quién tendrá razón, pero la imagen de la anotación del 5 de noviembre de 2015, señalada por Bonadío como que está “corroborada” a fs. 18/40 del expediente en que se tramita su investigación, nosotros no podemos tenerla a disposición, no obstante lo cual damos por sentado que sí la tiene el Dr. Bonadío en la causa, aún cuando el Diario La Nación no lo haya publicado y ser donde trabaja el periodista Cabot que fue testigo-informante en la causa por haber tenido en sus manos los originales.

Veamos las imágenes de la primer y última hoja con anotaciones de viajes del cuaderno N° 8 publicadas por el Diario La Nación en su sitio web:



 


No hay más imágenes de anotaciones de viajes más allá del 22 de octubre de 2015 y, aún así, el relato se nota cortado en la última de esas imágenes del cuaderno N° 8 publicadas por el Diario La Nación, con lo que tenemos la certeza que hay más anotaciones de viajes con posterioridad a estas hojas.
Este cuaderno N° 8, reiteramos, es un cuaderno marca Gloria, fabricado por Ledesma y en su tapa dice que consta de 46 hojas rayadas, sin embargo hay 13 imágenes de sólo su tapa y 11 hojas. La última imagen –que no es la aquí mostrada- se corresponde con el reverso de la hoja 11 -que contiene anotaciones de seguros de autos- y la contratapa, completándose entonces así las 13 imágenes que señalamos).

¿Qué se habrá anotado ese 5 de noviembre de 2015 por Centeno y que el Dr. Bonadío pudo “corroborar”? No lo sabemos y, aparentemente, el Diario La Nación y el periodista Cabot, tampoco, por cuanto ellos afirman que las anotaciones llegaron hasta el 3 de noviembre de 2015, pero ya comprobamos que La Nación no es muy consistente o veraz con toda la información que ha dado en este caso.

Podríamos inferir que se ha tratado de un error de tipeo y en realidad la anotación es del día 5 pero del mes de octubre, que es el décimo mes del año, o sea el mes 10 y entonces en lugar de poner un número 10 se tipeó un número 11, pero vemos que de las imágenes del cuaderno N° 8 surge claramente que no hay ninguna anotación del 5 de octubre de 2015, pasando en la misma hoja de la anotación del 14 de setiembre de 2015 a la del 1 de octubre de 2015 y de ahí a la del 6 de octubre de 2015. Así, tal cual, con esa falta de continuidad temporal tan extraña al compararla con el resto de los cuadernos.

Tampoco podría ser del 5 de enero de 2015 porque en esa fecha parece que Centeno no quería seguir cumpliendo con la "costumbre castrense" de anotar, ya que no hay cuadernos que involucren esa fecha, pasando de una anotación hecha el 31 de octubre de 2013 (última del cuaderno N° 7) a una anotación realizada el 2 de junio de 2015 (primera del cuaderno N° 8).

Eso será muy duro de superar para el Dr. Bonadío por cuanto le va a costar mucho reconstruir históricamente los hechos, tal como se lo exige la Corte Suprema de Justicia.

Suponemos que el Dr. Bonadío tiene más material que el entregado por el Sr. Cabot, de lo contrario esta inconsistencia sería muy grave en términos jurídicos.

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