"LOS CUADERNOS" - ANALISIS DEL AUTO DE PROCESAMIENTO
CAPÍTULO XXII
En la investigación penal deben ser respondidas algunas
preguntas generales, universales, para luego encontrar las respuestas
específicas. Esas preguntas generales a responder son:
Que • Cuándo • Dónde • Por qué • Quiénes • Cómo
La técnica en los interrogatorios debe seguir estas pequeñas
reglas:
• Hacer uso óptimo de los hechos indiscutibles o no
controvertidos.
• Eliminar elementos imposibles de probar.
• Conocer las pruebas y elementos claves que apoyan la
teoría así como sus debilidades probatorias.
• Progresividad – Seguir una secuencia lógica.
Las preguntas a los interrogados siempre deben estar
dirigidas a encontrar las respuestas de aquellas preguntas generales de las que
hablamos y otras que las complementen, tales como:
Qué?
Quien?
Cómo?
Cuándo?
Dónde?
En qué momento?
Por qué?
Para qué?
Con quien?
Con qué?
Un testimonio o indagación se desacredita cuando la persona
interrogada muestra al responder que no tiene conocimiento propio o directo del
asunto; si tiene problemas de memoria, retención, observación, etc.; cuando
denota predisposición a favorecer a parientes, amigos, compañeros etc.; si se
comprueba una motivación para declarar en determinado sentido; cuando aflora un
prejuicio ya sea a favor o en contra; si al responder tiene predisposición por
declaraciones previas; cuando se nota en la exposición errores o
contradicciones.
Teniendo en cuenta esas consideraciones previas veamos ahora
qué es lo que Bonadío tiene como declaración de Ernesto Clarens, ya sea en la
que hizo para acogerse a los beneficios de ser considerado “arrepentido”, como
en la indagatoria en la que amplió y aclaró lo que antes había declarado.
Iremos analizando aquella parte de la declaración que
consideremos necesario y manifestando nuestras impresiones al respecto, dejando
a quienes lean esto el que puedan verificar por sí mismos toda la declaración
transcripta por el Dr. Bonadío y saquen sus propias conclusiones.
Para nosotros esto es lo que tiene importancia e indicamos
por qué es así:
Lo primero que surge es que Clarens rechaza haber tenido
algo que ver con lo expresado en las “anotaciones” que el chofer Centeno habría
escrito en el cuaderno que identifica con el número 7, siendo que para el Dr.
Bonadío representaron el indicio sobre el cuál avanzó en la investigación.
Si Bonadío le da valor de certeza a las “anotaciones” de los
cuadernos y en cambio Ernesto Clarens niega haber participado, ¿cuál es la
actitud que tendrá Bonadío respecto a las respuestas que le dio Clarens? ¿A
quién le cree ante la contradictoria posición?
Estas son las imágenes ampliadas de las “anotaciones” del
cuaderno N° 7 a las que Clarens habría hecho referencia y en las que él no habría
tenido nada que ver:
Veamos qué dijo Clarens respecto a ese domicilio de Alicia
Moreau de Justo 2030:
Entonces notamos que Clarens le dijo a Bonadío que él no
tenía nada que ver con las “anotaciones” del cuaderno N° 7 en lo relacionado a
la dirección de Alicia Moreau de Justo 2030, que Baratta no fue a ese lugar “… ni nada que ver”, pero sin embargo
afirma que en la época indicada en las “anotaciones” de los supuestos cuadernos
de Centeno, es decir, 6 de agosto de 2013, 9 de agosto de 2013 y 16 de
setiembre de 2013, en esa dirección estuvo Coficred que es una cooperativa que
Clarens manifiesta es de su propiedad desde junio de 2013 y hasta junio de
2015, que tenía una sola empleada y que casi no hacían nada.
Es demasiada evidente la contradicción en la declaración
indagatoria de Clarens y sin embargo Bonadío aún lo considera un “arrepentido”
al que hay que creerle.
Lo segundo que notamos en este párrafo arriba mostrado, es
que Clarens le dice a Bonadío que en la dirección de Maipú 311 (C.A.B.A.), “… era donde recibía
los retornos de la Obra Pública y también
hacía otras operaciones lícitas”.
Quizás por esto es que Bonadío puso a Ernesto Clarens en el
listado de “funcionarios” que “recibían” fondos ilegales, pero hay un pequeño
detalle que no tuvo en consideración Bonadío y es que Clarens no era
“funcionario público”, sino que él mismo lo identificó como “empresario”, por ende
los denominados por Clarens como “retornos” deben ser aquellos fondos que le
daban los otros empresarios en pesos para que él los convierta a dólares “y punto”.
Nos gustaría saber, además, si el Dr. Bonadío consideró que
Clarens le manifestó que hacía “otras
operaciones lícitas”, porque con ello da a entender dos supuestos: primero
que todas las operaciones que allí hacía eran lícitas para Clarens y entonces
lo era recibir dinero de los empresarios y cambiarlo por dólares y, segundo, a
esto último lo considera ilícito y a las otras operaciones como lícitas.
Pero es de suponer que si se interpreta que Clarens le confesó
al Dr Bonadío haber hecho operaciones ilícitas para el cambio de pesos por
dólares, entonces el Juez abrió una investigación paralela para determinar
todos los responsables de ese ilícito ya que Clarens no pudo haber actuado solo
y ello en virtud de ser un funcionario público que toma conocimiento directo de
la ejecución de ilícitos y, por ende, está obligado a denunciarlos para que
sean investigados conforme a derecho.
De no haber hecho el Dr. Bonadío la apertura de la
investigación penal que corresponde ante esta declaración de la supuesta comisión
de ilícitos diferentes a los por él investigados, estaría incurso en los
delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público
(arts. 248 y 249 del Código Penal), denegación y retardo de justicia (art. 274
del Código Penal) y el de encubrimiento (art. 277 incisos 1.d) y 3.d) del
Código Penal).
Tenemos que hacer un poco de historia para saber por qué
Clarens está en la trama y para eso vemos que en la declaración indagatoria le
dice a Bonadío lo siguiente:
Surge que estuvo en la Provincia de Santa Cruz desde 1995,
momento que el Gobernador era Néstor Kirchner.
También se infiere que según Clarens había un manejo
financiero que era controlado en ese entonces por Eduardo Caffaro y Aldo
Ducler.
Da certeza Clarens de que nunca supo si Caffaro era empleado
de la gobernación o de Ducler, por lo que no se puede inferir entonces de esta
declaración que Caffaro estuviera bajo el mando de Néstor Kirchner.
Pero no obstante esa declaración de Clarens respecto a que
nunca supo de quién era empleado Caffaro, se anima a afirmar que Caffaro era la
persona que le manejaba a Kirchner los fondos de afuera.
¿A qué fondos de afuera se referirá Clarens? ¿Le preguntó
Bonadío al respecto? ¿Eran fondos públicos o privados?
No obstante es clara la contradicción, una vez más, de
Clarens, porque afirma que nunca supo si Caffaro era empleado de Kirchner y al
mismo tiempo afirma que Caffaro le manejaba los fondos de afuera a Kirchner.
¿Qué es ese tipo de relación entonces?
¿Puede un Juez creerle a alguien que en un tiempo tan corto
le entrega declaraciones tan contradictorias?
Después hay un relato poco claro de Clarens, que no sigue
una secuencia lógica, donde señala que él habría ido a ver a De Vido con
Merrill Lynch para ofrecer sus servicios y, sin embargo, termina relatando que
quien le contesta una pregunta que él formuló es Lázaro Baez.
Seguimos buscando en la historia personal de Clarens las
vinculaciones con la trama investigada por Bonadío. Así nos dice el Juez que
declaró Clarens:
Dice Clarens que no tiene nada que ver con la “Rosadita”,
que Báez eligió a otra persona para eso, que no conoce a Fariña ni a ninguno de
“esos muchachos”, que “nunca” manejó
“… las cuentas de Lázaro Báez, de todas
las operatorias que hizo”.
Surge de esa declaración de Clarens que la relación con
Lázaro Báez no era fluida ni de confianza y eso se confirma también cuando
Bonadío nos expone que Clarens le dijo:
Al parecer Clarens “sabía” que Lázaro Báez estaba “muerto de
plata” con Austral y que pedía que le paguen, pero también nos anoticia Clarens
que por eso le parecía extraña la operatoria que realizaban en la Rosadita
difundida públicamente, preguntándose cómo podía ser que alguien que estaba
económicamente muerto, después compraba campo o hacía ese tipo de operaciones
difundidas, considerando entonces que todo era inentendible.
¿Le habrá preguntado Bonadío cómo es que sabía Clarens que
Lázaro Báez estaba muerto de plata? Es una pregunta muy importante para poder
resolver la causa de “La Rosadita”, ya que si Clarens tenía conocimiento cierto
y verificable de esa situación financiera de Lázaro Baez, entonces quien
investiga la causa de “La Rosadita” puede encontrar un elemento de prueba clave
que lleve su investigación a un destino distinto al que hoy tiene.
Pero claro, cómo creerle a Clarens cualquier cosa que diga
si viene contradiciéndose en cada relato que hace y en éste, para no ser menos,
también se contradice. Acababa de declararle a Bonadío que Báez había elegido a
otra persona para esa operatoria, que no conocía ni a Fariña ni a los otros
muchachos, que para esa época Báez estaba enojado con él y que nunca tuvo
manejo de las cuentas de Lázaro Báez, sin embargo, muy suelto de cuerpo le
expresa a un Juez, bajo juramento, que él “sabía” que Lázaro Báez estaba
“muerto de plata”.
¿Podrá haberle creído algo el Dr. Bonadío a Clarens? ¿No se
sorprendió nunca de estas tan evidentes contradicciones? ¿Es tan crédulo este
Juez Federal?
Sigamos mostrando la historia que Clarens le cuenta a
Bonadío en su declaración indagatoria, que prestó bajo juramento de decir
verdad y que el Juez le creyó.
Lo primero que surge como duda es por qué José López,
Secretario de Obras Públicas del Gobierno Nacional, le iba a pedir a un
empresario -que sólo le cambiaba pesos por dólares a otros empresarios-, que le
adjudicara una obra a una empresa que tenía que participar en una próxima
licitación pública (Clarens dice expresamente que era una obra aún no
licitada).
Quizás el Dr. Bonadío no alcanzó a ver ahí la evidencia de
la cartelización empresaria y eso es sin dudas por su sesgo investigativo. Debe
reconocer el Juez que no está apto para seguir este proceso, no ve lo evidente
o se niega a verlo.
Cuando un grupo de empresas están cartelizadas eligen entre
ellas quién ganará una licitación y de ahí la coherencia del llamado de José
López como Secretario de Obras Públicas, ya que quería influir en la decisión
del cártel empresario, por eso le pidió a Clarens que hiciera esa gestión.
Si un Secretario de Obras Públicas del Gobierno debe pedirle
a los empresarios que adjudiquen una obra, es más que claro que no es un
funcionario público el que la adjudica a su antojo o no puede hacerlo sino a
través de las normas correspondientes, por ende se deduce que el llamado de
José López se correspondía con transmitirle a los empresarios cartelizados que
hicieran los procedimientos adecuados para que cuando se tuviera que adjudicar
las obras a través de la licitación, cumpliendo los pasos legales, éstos
llevaran inexorablemente a tener que adjudicar la obra a la empresa de
Cristóbal López, es decir CPC S.A..
Surge aquí también el hecho de que no era el libre albedrío
de los funcionarios el que primaba para adjudicar las obras, no al menos en la
forma de tomar decisiones contrarias a la ley, sino que si querían adjudicar
una obra a alguna empresa en particular, debían cumplirse requisitos legales que
no podían eludir y, en vista de esas exigencias normativas, es que pedían a los
empresarios cartelizados que procedieran previamente como para que esos pasos
legales determinaran quién iba a ganar la obra.
Si las obras se adjudicaban conforme a la ley porque otra
cosa no podía suceder, es claro entonces que los controles sistémicos
funcionaban y los estamentos superiores de la Administración Pública cumplían
sus funciones acorde a la normativa vigente, lo que determina que la asociación
ilícita de funcionarios de jerarquía superior no esté probada y que si se
quiere ver la colusión aludida por el Dr. Bonadío, sólo será desde un sesgo
subjetivo y no desde las evidencias documentales.
¿Cómo se confirman estas apreciaciones? Con lo dicho por el
propio Dr. Bonadío en su auto de mérito al tratar sobre la responsabilidad de
José López, donde destaca varios testimonios y en ninguno de ellos se menciona
que los empresarios le entregaban dinero al Secretario de Obras Públicas para
ganar una licitación, sino que el Juez rescata los testimonios que dan cuenta
de entregas de dinero para campañas electorales, para superar problemas en los
cobros de certificados de avance de obras, redeterminaciones de precios y pago
de intereses que manda la ley.
Veamos lo que al respecto puso Bonadío:
José López no podía ejercer ninguna influencia en la
determinación de quién ganaba una licitación y entonces le pidió a Clarens que
incidiera en el cártel empresario para que se hicieran los procedimientos
necesarios entre las empresas cartelizadas como para que la licitación la
pudiera ganar Cristóbal López. Eso es lo que emana de esta declaración
indagatoria de Clarens cuando dice que José López le pidió que adjudique una
obra a Cristóbal López (CPC S.A.).
Pero Ernesto Clarens disfraza los hechos y le jura a Bonadío
que ese no era su trabajo, como si el Juez no supiera eso. ¿O no lo sabía
Bonadío? A lo mejor no, porque si bien en su auto de procesamiento lo
identificó como empresario, luego lo procesó por cohecho pasivo por ser funcionario
público.
A nuestro entender aquí puede haber una connivencia
manifiesta entre el declarante-arrepentido y el Juez. Deberá despejar esta duda
el propio Bonadío, indicándonos qué hizo para averiguar por qué un Secretario
de Obas Públicas pudo llamar a un empresario para que gestionara la
adjudicación de una obra que aún no estaba licitada.
Continúa declarando bajo juramento Ernesto Clarens y le dice
al Juez que como el pedido de José López no era su trabajo, “… entonces me
pidieron que llame a todas las empresas que compraron pliego para
que se retiren.”.
El tiempo verbal denota concretamente que no fue José López
el que le pidió eso, sino que fueron varios, por cuanto utilizó la expresión
“me pidieron”, no “me pidió”.
¿Le preguntó Bonadío quiénes fueron los que le pidieron eso?
Pero existe también una contradicción más que evidente en la
continuidad de la frase transcripta en el auto de mérito, porque sin
interrupción Clarens afirma que la obra no estaba licitada y que le pidieron
que llamara a las empresas que habían comprado pliego.
¿Cómo puede una empresa comprar pliegos de una obra que no
está licitada? ¿Le preguntó esto Bonadío a Clarens?
Después afirma Clarens que llamó a las empresas y les dijo
que se corrieran porque la tenía que ganar Cristóbal (por el empresario
Cristóbal López, propietario de CPC S.A.).
Ahí le confirma Clarens a Bonadío que hizo lo que le pidió
López, es decir, influir en el cártel empresario. Tan es así que inmediatamente
Clarens le jura a Bonadío que “Cuando
uno decía eso, todos se corrían”.
¿Cómo pueden todos correrse si no existía previamente un
acuerdo para hacerlo?
¿Cómo puede ser que Bonadío no reconozca en esta expresión
la existencia de un método, un sistema, una historia previa que avalaban los
dichos de Clarens?
Si Clarens expresa: “cuando
uno decía eso”, entonces nos informa que hay una clave que todos entienden
y que cuando esa clave se activaba, entonces todos actuaban en función de lo
previamente acordado. En este caso la clave es pedirles a todos que se retiren
para que ganara Cristóbal López y que todos se corrieran era la forma de actuar
previamente pactada, sino no se entiende cómo la simple llamada telefónica de
Ernesto Clarens podía influir sobre la voluntad emprendedora, competitiva,
comercial y de negocio de un grupo de empresarios y hacer que todos actuaran de
la misma forma a la vez.
La frase evidencia que no era esa la primera oportunidad en
la que Clarens hacía eso, sino que era un método, un sistema y que el mismo
estaba previamente acordado.
¡¡¡Cartelización empresaria Dr. Bonadío!!!.
Lo último que le dice Clarens a Bonadío respecto a este tema
es que la obra se trataba de “… la Ruta
40, tramo Perito Moreno, Bajo Caracoles. En el sur del país. La ganó Cristóbal
López.”.
¿Se tomó el trabajo el Dr. Bonadío de chequear que
efectivamente esa obra existió y la ganó Cristóbal López, para saber si todo lo
que le había dicho Clarens podría ajustarse a la realidad?
A lo mejor no, por eso lo vamos a ayudar.
Si el Dr. Bonadío se lo propone va a encontrar información
oficial muy rápidamente y seguro que lo hará para despejar toda duda, pero voy
a poner lo que yo logré conocer con unas simples búsquedas en internet.
Habrían 3 obras viales que se corresponderían con la
descripta por Clarens y en las 3 participaron varias empresas, en tanto que en
sólo una de ellas la empresa CPC S.A., propiedad de Cristóbal López, podría
haber obtenido la licitación, siendo que no hay confirmación oficial que la
haya ganado y, es más, hay evidencia circunstancial que podría hacernos dudar
de que realmente ganó dicha licitación.
Digo “habrían 3 obras”, porque la indagatoria de Bonadío no
es muy rica en datos y no sabemos si le preguntó a Ernesto Clarens un poco más
de detalles como para identificar la obra con certeza y así corroborar que podría
estar diciéndole la verdad.
El tema es que entre 2007 y 2011 se realizaron obras de
arreglos y pavimentación de la Ruta Nacional N° 40 en el tramo comprendido
entre Perito Moreno y Bajo Caracoles, tanto en el sector del Km 49 como en el
del Km 89.
Hay evidencia oficial que los trabajos los realizó la
empresa CONTRERAS HERMANOS S.A.I.C.I.F.A.G. y M., también involucrada en
cartelización empresaria e investigada en la conexión argentina del Lava Jato
por su asociación con la empresa brasileña Odebrecht.
La propia empresa CONTRERAS HERMANOS S.A.I.C.I.F.A.G. y M.
pone en su sitio web (www.contreras.com.ar)
que realizó esas obras.
El sitio oficial de la Unidad de Coordinación de
Fideicomisos de Infraestructura (UCOFIN - www.ucofin.gob.ar),
publica planillas con el detalle de las obras, cuál es la empresa que las hace,
cuánto se pagó y el avance de obra, pudiendo verse que en la publicada con
datos relevados hasta el 31 de agosto de 2016, figura la empresa CONTRERAS
HERMANOS S.A.I.C.I.F.A.G. y M., como quien concretó la obra que podría ser la
mencionada por Ernesto Clarens a Bonadío y es congruente con la que dicha
empresa tiene anunciada en su sitio web.
Ver www.ucofin.gob.ar/documentos/benefviales.pdf,
pudiendo bajar la planilla Excel directamente de www.ucofin.gob.ar/documentos/Obras_Viales_historicas.xls.
Respecto de UCOFIN nos remitimos a lo por ella enunciado en
su sitio oficial, donde expresa:
CITO
“La Unidad de Coordinación de Fideicomisos de
Infraestructura (UCOFIN) fue creada por la Resolución N° 531 de fecha 21 de noviembre de 2001.
Desde el 26 de febrero de 2002, mediante el Decreto 373 se transfiere las actividades de la Unidad
al ámbito del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURA, con
dependencia directa del Ministro. Su competencia y dependencia fueron
ratificadas por el Decreto 1359/2004. Dentro de este marco legal,
la UCOFIN tiene asignada como “Responsabilidad Primaria” la
planificación financiera, afectación y administración eficiente de los recursos
de los fideicomisos de Infraestructura de Transporte (SIT) e Infraestructura
Hídrica, creados por los Decretos 976/2001, 1377/2001 y 1381/2001,
respectivamente. En el aspecto organizacional somos un grupo de profesionales
interdisciplinario y estamos internamente organizados en distintas áreas que
intervienen en los procesos de control y generación de información, las áreas
de esta organización son: Administrativa; Económica-Financiera; Informática;
Legal y Técnica. Esta unidad esta bajo la conducción de un coordinador general
y las direcciones correspondientes. Dentro del ámbito de ambos Fideicomiso
tanto el de Infraestructura Hídrica (FFIH) como el de Infraestructura Vial
(FFIV), actualmente la Unidad interviene en el planeamiento financiero y
procedimiento de pago de obras de distinta importancia en todo el territorio
Nacional. Nuestra Unidad tienen intervención de forma conjunta con otras
carteras, ellas son: El Ministerio del Interior, Obra Públicas y Vivienda; el
Ministerio de Transporte y el Ministerio de Energía y Minería. La UCOFIN
perteneciente al Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas es la que autoriza
e instruye el pago al fiduciario (Banco de la Nación Argentina), luego de
realizar los controles técnicos, económicos y legales correspondientes. Toda la
información es publicada a través de nuestro Sitio Web para su consulta por el
público en general manteniéndose actualizada de forma permanente y así
contribuir a la trasparencia de la gestión. Organización Interna y Personal de
la UCOFIN. Coordinador General de la Unidad: Dn Juan Prat Gay Directoras: Ana
Maria Lopez Nielsen – Natalia Arocena Area Administrativa: Natalia Gonzalez –
Rogelio Loiacono – Veronica Olivier Area Legal: Mauro Alvarez Area
Economica-Financiera: Sergio Daniel Sole – Alberto Antonio Pachame Area
Tecnica: Hernan David Carbonel – Marcelo Gabriel Gerosa Area Tecnologia: Pablo
Esteban Ramljak – Marcelo E. Taruschio”.
FIN DE LA CITA.
No logré encontrar más datos oficiales, con excepción del
llamado a licitación de una obra que podría ser la indicada por Clarens a
Bonadío, realizada por la Dirección Nacional de Vialidad y correspondiente a la
Licitación Pública Nacional N° 15/2009, publicada en el Boletín Oficial entre el
20/2/2009 y el 12/3/2009.
También en este caso podría tratarse de la misma obra que la
empresa CONTRERAS HERMANOS S.A.I.C.I.F.A.G. y M. señala como concretada por
ella en su sitio web, dado que allí informa haber realizado trabajos en dos (2)
secciones, ya sea en el Km 49 como en el Km 89 y la licitación publicada en el
Boletín Oficial es respecto de la sección del Km 89.
Luego encontré publicaciones periodísticas que hablaban de
estas obras y del costo por kilómetro que en las mismas estaba involucrado,
rescatando las publicaciones de OPISANTACRUZ (sitio web: www.opisantacruz.com.ar) y del diario
La Nación (sitio web: www.lanacion.com.ar).
Expongo abajo imágenes de todo lo encontrado en internet, en
una especie de resumen visual para que todos logren concretar la comprensión de
lo narrado:
Tiene la palabra el Dr. Bonadío para que nos saque las dudas
sobre si lo relatado por Clarens en su indagatoria se corresponde a la obra
realizada por CONTRERAS HERMANOS S.A.I.C.I.F.A.G. y M., única que pudimos
encontrar con datos oficiales de concreción de obras y percepción de pagos
realizados por la Dirección Nacional de Vialidad.
Las otras informaciones de otras empresas sólo son
especulaciones periodísticas sin datos certeros y oficiales, por lo que el Dr.
Bonadío deberá indagar al respecto y pedir los informes correspondientes, sobre
todo a Clarens en relación a qué obra específicamente se refería y contrastar
sus dichos con toda la prueba que recabe, incluso la de las llamadas
telefónicas que pueda constatar.
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