martes, 21 de febrero de 2017

OFFSHORE - CORREO ARGENTINO

OFFSHORE
CAPITULO ESPECIAL
LOS DIRECTIVOS, LOS AMIGOS, LOS VINCULADOS
Y LOS INTEGRANTES DEL PARTIDO POLÍTICO
-SEPTIMA PARTE-

Usaremos esta parte para hablar sobre la empresa
CORREO ARGENTINO S.A.


Ø     Por Decreto 265/1997 del 24 de marzo de 1997, publicado en el Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 25/3/1997, se convocó a Licitación Pública Nacional e Internacional a los fines de otorgar la concesión de todos los servicios postales monetarios y de telegrafía que prestaba a ese entonces la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANÓNIMA (ENCOTESA), los restantes que estaba obligada o facultada a realizar y todos aquellos que resultaban afines con esos servicios en el marco jurídico vigente a esa fecha, incluyendo además la obligación de brindar el servicio Postal Básico Universal de carta simple de hasta VEINTE (20) gramos, telegrama simple de hasta VEINTE (20) palabras y giro postal de hasta MIL PESOS ($ 1.000) en todo el ámbito geográfico de la República Argentina.

El Pliego de Bases y Condiciones de dicha licitación figuró como Anexos I y II en dicho Decreto.

Las condiciones de la concesión fueron, entre otras, las siguientes:
Ø  Cualquiera fuera la forma en que se presentaran los Postulantes, debían constituir una sociedad anónima en el caso de resultar Preadjudicatarios, en la cual los accionistas debían tener la misma proporción accionarla de la clase B que la presentada en la precalificación y sus acciones tenían que ser: • Acciones Clase A: Destinadas al programa de propiedad participada.  • Acciones Clase B : Cuya titularidad pertenecería al Adjudicatario de la Licitación.  Las acciones clase A representarían el 14% del capital accionario, en tanto que las acciones clase B representarían el 86% restante.  El Capital inicial de la sociedad tenía que ser de, como mínimo, $ 10.000.000 (pesos diez millones), que debía integrarse según lo establecido en la ley 19.550.
Ø   Se concedían todos los servicios postales, monetarios y de telegrafía que prestaba a esa fecha ENCOTESA, incluyendo el Servicio Postal Básico Universal y los demás servicios que estaba habilitada para explotar, entre los cuales estaban: servicio postal básico universal; servicios telegráficos; servicios de telegramas y cartas documento o similares; giros y transferencias postales y telegráficas, recaudaciones y pagos por cuenta y orden de terceros, atención de cajas de ahorro por cuenta y orden del Banco Hipotecario Nacional o de la entidad que lo sustituya y los que en el futuro autorizara la Autoridad de Aplicación, en un todo de acuerdo con la legislación y regulaciones aplicables a las actividades financieras; emisión, distribución y venta de sello postales y prestaciones filatélicas; servicios electorales mediante la distribución y recolección de urnas, padrones y restante material electoral en todos los lugares del país donde se realizaran elecciones de autoridades nacionales, provinciales y/o municipales, y la transmisión de los resultados arrojados por el comicio a los fines del escrutinio provisorio; estando habilitado, también, para la explotación de licencias de otros servicios de telecomunicaciones en competencia, que resulten complementarios del servicio postal y que hicieran más eficiente la utilización de los recursos materiales y humanos que se entregaban junto a la concesión.
Ø  La concesión se hacía por el plazo de 30 años, contados a partir de la fecha de entrega de la concesión.
Ø  Los inmuebles se entregaban al concesionario en comodato.
Ø  Se entregaban en concepto de aporte irrevocable por el Programa de Propiedad Participada, en nombre del Estado Nacional Argentino, la totalidad de los bienes muebles necesarios para el giro normal de la explotación que poseía a esa fecha ENCOTESA, excepto los bienes muebles registrables. El producido de la disposición de tales bienes debía ser reinvertido por el Concesionario para la prestación de los servicios a su cargo. Al fin de la Concesión, el Concesionario debía ceder gratuitamente al Concedente, la totalidad de los bienes muebles con que venía prestando los servicios, a fin de posibilitar la continuidad de las prestaciones por parte del correo sin que varíe el nivel de calidad de los mismos.
Ø  Se concedía también el derecho al uso de las marcas y demás bienes inmateriales que a esa fecha tenía registradas ENCOTESA o que eran de su propiedad.
Ø  Se le cedía al concesionario la totalidad de los contratos en curso de ejecución a la fecha de entrega de la concesión.
Ø  La empresa concesionaria tenía libertad a los efectos de la fijación de los precios y tarifas de los servicios que prestara, con excepción del precio correspondiente a la carta simple hasta 20 gramos, al telegrama de hasta 20 palabras y a las comisiones por los giros postales de hasta $ 1000 (pesos mil).
Ø  Se fijaba un canon por la concesión que se definió como el importe fijo que la Sociedad Concesionaria debía pagar semestralmente por adelantado al Estado Nacional cuyo monto debía proponer el Oferente, siendo éste el único aspecto a considerar en la evaluación de la Oferta a los fines de la Preadjudicación. Debía cumplirse con lo dispuesto en el Decreto 437/92, que determina que el 30% de todo el producido de las privatizaciones le corresponde a la Administración Nacional de la Seguridad Social – ANSeS.
Ø  Se transfería al concesionario todo el personal dependiente a la fecha del llamado a licitación y las obligaciones del mismo emergentes de los contratos laborales comenzaban a partir de la transferencia de la concesión.
Ø  Cuando un Postulante estaba integrado por dos o más empresas que se presentaban en forma conjunta, por el solo hecho de su presentación, se entendía que todas y cada una de ellas asumían solidaria e ilimitadamente las obligaciones emergentes de la Licitación y las que resultaban de la Adjudicación. Asimismo, en el instrumento de asociación respectivo se tenía que establecer la responsabilidad solidaria e ilimitada de cada uno de sus integrantes.
Ø  El Concesionario debía realizar una inversión anual no inferior a $ 25.000.000 (pesos veinticinco millones) durante los primeros 10 (diez) años de vigencia de la concesión.  A partir del año 11 (once), y hasta el final de la concesión, el Concesionario debía realizar una inversión anual equivalente al 1% (uno por ciento) de la facturación total del ejercicio inmediato anterior.
Ø  Podía decretarse la rescisión del contrato de concesión en caso que: a) el Concesionario hubiera quedado, en forma reiterada, incurso en las multas relativas a incumplimiento generalizado de las normas de servicio o estándares de calidad establecidos para cada producto definido como obligatorio, si frente a la intimación del concedente para que subsane el incumplimiento, el concesionario no lo hiciere dentro del plazo de 30 (treinta) días, sin perjuicio del derecho del concedente a aplicar la multa; b) el Concesionario no abonara el canon debido dentro del plazo 15 días de haber sido intimado; c) fuera decretada la quiebra o abierto el concurso preventivo del Concesionario; d) no abonara una deuda, determinada y firme, a favor del fisco nacional dentro del plazo de 30 días de serie requerida; e) el Concesionario fuera intimado a cumplir con alguna obligación a su cargo emergente del contrato de concesión y no lo hiciera dentro del plazo de 60 días; f) se Produjera una variación en la composición accionaria del Concesionario que viole las disposiciones del Pliego de licitación Público que seleccionó al preadjudicatario; g) cuando por cualquier causa sea sustituido el operador postal con quien el Concesionario haya suscripto el Contrato de Asistencia Técnica Postal sin la debida autorización de la autoridad de aplicación, lo cual debía establecerse en forma expresa en el contrato con dicho asistente técnico postas haciéndosele saber que deberá permanecer en las funciones que le son propias hasta tanto se otorgue la autorización de la autoridad de aplicación; h) fuera decretado el embargo de las acciones clase B pertenecientes a los adjudicatarios y el mismo no fuera sustituido dentro de los 180 días de recibida la intimación de la autoridad competente.

Ø     El 25 de agosto de 1997 se constituyó la sociedad denominada CORREO ARGENTINO S.A. (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 2/9/1997), cuyos socios eran:
* ITRON S.A. (40%) domiciliada en Carlos María Della Paolera 299, piso 27, Capital, inscripta en el Registro Público de Comercio de esta Capital el 30 de mayo de 1983 bajo el número 3083 del Libro 98, Tomo A. de Estatutos de Sociedades Anónimas Nacionales.
* SIDECO AMERICANA SOCIEDAD ANÓNIMA (33,5%) domiciliada en Carlos María Della Paolera 299, piso 27, Capital, inscripta en el Registro Público de Comercio de esta ciudad el 15 de marzo de 1961, bajo el Nº 432, al folio 353, del Libro 53, Tomo A de Sociedades Anónimas.
* BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (12,5%) domiciliada en Teniente General Juan Domingo Perón Nº 407, Capital, inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 21 de noviembre de 1905, bajo el Nº 4 al folio 32 del libro 20, Tomo A de Estatutos Nacionales
* ESTADO NACIONAL (14%) a través del Programa de Propiedad Participada de la Ley 23.696.

El domicilio social fijada por CORREO ARGENTINO S.A., fue: Carlos María Della Paolera 299, piso 27, Capital, que es el mismo fijado por ITRON S.A. y SIDECO AMERICANA S.A.

El Primer Directorio de CORREO ARGENTINO S.A. fue:
Presidente: Orlando Salvestrini
Vicepresidente: Jorge Rubén Aguado
Directores Titulares:
POR LAS ACCIONES CLASE B: Daniel Antonio Llambias, Jacobo Julio Dreizzen, Luis Abelardo Graziani, Luis Guillermo Cudmani
POR LAS ACCIONES CLASE A: Gandi Hezze (DNI 4.274.223) – Por el Poder Ejecutivo Nacional.
Directores Suplentes:
POR LAS ACCIONES CLASE B: Ernesto Alberto Gaspari, Ricardo Marcos Kesselman, José Luis Gentile, Eduardo Fossati, Hugo Raúl Corradi y Antonio Justo Solsona
POR LAS ACCIONES CLASE A: Mahamad Rodolfo Chain (DNI 7.065.831) – Por el Poder Ejecutivo Nacional.
Comisión Fiscalizadora:
Síndicos Titulares:
POR LAS ACCIONES CLASE B: Julio Pedro Naveyra e Ignacio Abel González García
POR LAS ACCIONES CLASE A: José Manuel Anciola (DNI 6.604.007) – Por el Poder Ejecutivo Nacional.
Síndicos Suplentes:
POR LAS ACCIONES CLASE B: Floreal Horacio Crespo y Ryuiti Asiya
POR LAS ACCIONES CLASE A: Elías Salomón (DNI 10.787.568) – Por el Poder Ejecutivo Nacional.

La historia societaria acotada de las sociedades que integran COREO ARGENTINO S.A., es la siguiente:

* ITRON S.A. (Hoy "WORLDLINE ARGENTINA S.A." - La sociedad fue constituida bajo el nombre de "ITRON S.A.", posteriormente denominada "Siemens Itron Business Services S.A.", luego "Siemens IT Solutions and Services S.A." y finalmente "Atos IT Solutions and Services S.A.")
País: Argentina
Fecha de constitución: 25/4/1983 y 2/5/1983 (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 26/5/1983).
Socios:
JORGE CHAPIRO, argentino naturalizado, casado con Edith Deutsh, C.I. 1.323.632 Pol. Fed..
CARLOS ALVAREZ, argentino, C.I. 2.388.779 Pol. Fed..
DAVID ARIEL CHAPIRO DEUTSCH, argentino naturalizado, D.N.I. 13.493.486.
PEDRO KUSMIN, argentino naturalizado, C.I. 4.033.414 Pol. Fed.
EDITH DEUTSCH DE CHAPIRO, argentina naturalizada, casada con Jorge Chapiro, C.I. 2.416.142 Pol. Fed..
Jorge Chapiro, junto a Abraham Chapiro, Horacio Rogelio Rieznick y Mario Enrique Bertoletti se asociaron en la década de 1950 para crear CHAPIRO Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL, la cual se transformó el 1/8/1961 en CHAPIRO Y ASOCIADOS CONSULTORES INDUSTRIALES, ECONÓMICOS Y FINANCIEROS S.A., que estaba integrada también con Edith Deutsch de Chapiro, Esther Rosa Natinson de Rieznick, María Angélica Hercher de Bertoletti, David Tabacman, Elisa Beckerman de Tabacman y Raquel Groisun de Chapiro (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 27/10/1961).
En el año 1974 se constituyó por Jorge Chapiro y sus asociados la empresa denominada CHAPIRO INTERNACIONAL, CONSULTORES EN DESARROLLO ORGANIZATIVO LTDA., para luego formar en el año 1984, en base a ella, a TEKOWAM CONSULTORIA EMPRESARIAL LTDA., creándose su sucesora en 1991, denominada PONCE & ASOCIADOS, que se transformó en la empresa líder del Consorcio Empresarial TEKOWAM de Brasil.
El líder de Ponce & Asociados, empresa brasileña, es Getulio Ponce Dias.

- En 1994 ya se encuentran incorporados al Directorio los integrantes del Grupo Macri (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 26/4/1994), quedando a partir del 4 de marzo de 1994 así constituido:
Presidente: ALBERTO GUILLERMO TARANTINI
Vicepresidente: ORLANDO SALVESTRINI
Directores Titulares:
ROBERTO NATALIO ANTONINO CELENTANO
CARLOS A. GONZALEZ HIDALGO
DAVID ARIEL CHAPIRO DEUTSH
Síndicos Titulares:
ADOLFO LÁZARA
ARTURO E. LISDERO
JOSÉ F. MERLO
Síndicos Suplentes:
RICARDO DEMATTEI
SANTOS O SARNARI
EDUARDO G. CARIGLINO

- Para el 30 de enero de 1996 el Directorio ya no tenía a ninguno de los socios originales y todos sus integrantes pertenecían al Grupo Maci.
El mismo era el siguiente (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 12/2/1996):
Presidente: ORLANDO SALVESTRINI
Vicepresidente: ALBERTO GUILLERMO TARANTINI
Directores Titulares:
ROBERTO NATALIO ANTONINO CELENTANO
ANTONIO JUSTO SOLSONA

- El 24 de marzo de 1997 se cambia el Directorio por el siguiente (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 19/6/1997). Es el Directorio vigente a la fecha de constitución de CORREO ARGENTINO S.A.
Presidente: LUIS GUILLERMO CUDMANI
Vicepresidente: ALBERTO GUILLERMO TARANTINI
Directores Titulares:
ROBERTO NATALIO ANTONINO CELENTANO
ANTONIO JUSTO SOLSONA

- El 27 de marzo de 1997 se formaliza la fusión entre ITRON S.A. y RED ELECTRONICA S.A., absorviendo la primera a esta última (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 21/5/1997).
Ambas sociedades pertenecían al Grupo Macri y tenían fijado el mismo domicilio social: Carlos M. Della Paolera 299, Piso 27, CABA.
RED ELECTRONICA S.A.
País: Argentina
Fecha de constitución: 13 de marzo de 1990 (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 6/6/1990)
Socios:
ITRON S.A.
BMS TECNOLOGICA S.A.
Primer Directorio:
Presidente: MAURICIO MACRI
Vicepresidente: HUMBERTO JOSE LANZILLOTA
Directores Titulares:
HERNAN EUGENIO SAGANIAS
JULIO EDUARDO BAZAN
JORGE LUIS LASO
Directores Suplentes:
JUAN CARLOS MURGUI
HERNAN ROSEMBERG
BMS TECNOLOGICA S.A.
País: Argentina
Fecha de constitución: 11 de octubre de 1989 (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 20/10/1989)
Socios y directivos:
HERNAN EUGENIO SAGANIAS
JULIO EDUARDO BAZAN
JUAN CARLOS MURGUI
Directores Suplentes:
JUAN FRANCISCO GIRO
LAURA ALICIA BARCAN

- El 23 de abril de 1998 se aprobó el compromiso previo de fusión por absorción de fecha 25 de marzo de 1998 de la sociedad ITRON S.A. con la sociedad INS S.A., bajo la denominación de ITRON S.A. (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 19/5/1998)
INS S.A.
País: Argentina
Fecha de constitución: 1 de marzo de 1994 (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 10/3/1994)
Socios:
ITRON S.A.
RED ELECTRONICA S.A.
Primer Directorio:
Presidente: ORLANDO SALVESTRINI
Vicepresidente: JULIO HORACIO SEREBRINSKY
Directores:
HUGO RAUL CORRADI
ROBERTO NATALIO ANTONINO CELENTANO
Síndicos Titulares:
ARTURO EUGENIO LAURO LISDERO
ADOLFO LAZARA
JOSE FRANCISCO MERLO
Síndicos Suplentes:
EDUARDO GUILLERMO CARIGLIANO
SANTOS OSCAR SARNARI
RICARDO DEMATTEI

- Según el Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 16 de junio de 1999 el capital social de la sociedad quedó representado por:
MTC MERCOSUR TECHNOLOGY AND COMMUNICATIONS S.A.: 99,99%
SOCMA AMERICANA S.A.: 0,01%
MTC MERCOSUR TECHNOLOGY AND COMMUNICATIONS S.A.
(Originalmente ITRON INVERSORA S.A. – El cambio de denominación se produjo el 13 de marzo de 1997 según Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 20/3/1997)
País: Argentina
Fecha de constitución: 23 de octubre de 1996 (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 28/11/1996).
Socios:
SOCMA S.A.
SOCMA AMERICANA S.A.
Primer Directorio:
Presidente: ORLANDO SALVESTRINI
Vicepresidente: ALBERTO GUILLERMO TARANTINI
Directores Titulares:
ANTONIO JUSTO SOLSONA
HUGO RAUL CORRADI
Síndicos Titulares:
ARTURO EUGENIO LAURO LISDERO
ADOLFO LAZARA
DANIEL HUGO CRAVINO
Síndicos Suplentes:
SANTOS OSCAR SARNARI
RICARDO JORGE DEMATTEI
JOSE FRANCISCO PICCINA

- Por escritura del 5 de julio de 1999 y Asamblea General Extraordinaria Unánime del 4 de junio de 1999, se resolvió cambiar la denominación social por SIEMENS ITRON BUSINESS SERVICES S.A. (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 8/7/1999). A esa fecha la sociedad tenía como accionista a SIEMENS AKTIENGESELLSCHAFT, una compañía bajo el derecho de la República Federal de Alemania, con domicilio en Berlín y Munich, República Federal de Alemania, conocida como SIEMENS A.G..

- Por asambleas extraordinarias celebradas el 23 de marzo de 2000, se resolvió aprobar el compromiso de fusión por absorción de la sociedad SIEMENS ITRON BUSINESS SERVICES S.A. con las sociedades ITRONET S.A. e ISC BUNKER RAMO ARGENTINA S.A., bajo la denominación de SIEMENS ITRON BUSINESS SERVICES S.A. (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 10/4/2000).
ITRONET S.A.
(Originalmente denominada CONSULTORES ASOCIADOS EN SALUD S.A. – El cambio de denominación se produjo el 20 de julio de 1994 y 17 de agosto de 1994, según Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 31/8/1994)
País: Argentina
Fecha de constitución: 22 de noviembre de 1991 (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 9/12/1991).
Socios:
ANA MARIA CRISTINA FERNANDEZ (D.N.I. 10.829.368)
TOMAS ATILIO SANDOR (D.N.I. 4.400.744)
FRANCISCO ANDRES SANDOR (D.N.I. 4.623.645)
ISC BUNKER RAMO ARGENTINA S.A.
(Originalmente denominada ISC ARGENTINA S.A.)
País: Argentina
Fecha de constitución: 8 de setiembre de 1989 (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 25/9/1989).
Socios:
IECSA S.A.
ISC WORLD TRADE CORPORATION
Primer Directorio:
Presidente: HUMBERTO JOSE LANZILLOTA
Vicepresidente: HUGO RAUL CORRADI
Directores Titulares:
MICHAEL LYNN CRAFTS
ORLANDO LUIS ROSEMBERG
Directores Suplentes:
 JORGE LUIS LASO
KENETH MICHAEL STAUCH
Síndico Titular: ADRIAN FRANCISCO JAVIER HOPE
Síndico Suplente: CARLOS DORMAL

- Por Acta de Directorio del 5 de junio de 2003 se consideran las renuncias como Directores Titulares de MIGUEL ANGEL SOSA y ORLANDO SALVESTRINI y como Directores Suplentes de ANTONIO JUSTO SOLSONA y ROBERTO LEONARDO MAFFIOLI, las cuales fueron aprobadas por Asamblea General Extraordinaria Unánime del 5 de junio de 2003, fecha a partir de la cual se retira el Grupo Macri de la sociedad (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 29/7/2003). La rescisión de la concesión del Correo oficial de la Rep. Argentina se produjo el 19 de noviembre de 2003.

- Con posterioridad a la salida del Grupo Macri de esta sociedad, la misma se fusionó con SIEMENS BUSINESS SERVICES S.A. (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 12/10/2005); cambió su denominación por la de SIEMENS IT SOLUTIONS AND SERVICES S.A. (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 2/5/2007); y la volvió a cambiar por la de ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES S.A. (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 10/8/2011).
El Directorio a partir del 18 de julio de 2016, publicado en el Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 2/11/2016 es:
Presidente: JUAN LUIS DABUSTI
Vicepresidente: RAUL ALBERTO TOSCANO
Director Titular: MARTIN FRIAS

- Los datos del Presidente de ITRON S.A. a la fecha de constitución de CORREO ARGENTINO S.A. (25/8/1997), son los siguientes:
LUIS GUILLERMO CUDMANI
D.N.I. n° 7.838.786
CUIT: 20-07838786-7
  Persona Física (Masculino), Argentino
  Localidad: Ciudad Autónoma Buenos Aires
  Fecha de inscripción: 
  Ganancias: Ganancias Personas Fisicas - IVA: Iva Exento
  Empleador: No
 Impuestos activos:
GANANCIAS PERSONAS FISICAS
IVA EXENTO
APORTES SEG.SOCIAL AUTONOMOS
 Actividad(es):
ORDOÑEZ, BIANCO CONSULTORES S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
OBC S.R.L.
Gerente de la Sociedad
COMMERSPHERE ARGENTINA S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad



* SIDECO AMERICANA S.A.
País: Argentina
Fecha en la cual comienza a actuar como tal: 29/8/1982
Anteriormente se denominó IMPRESIT SIDECO S.A.C.I.I.F.
El Presidente del Directorio en ese momento (29/8/1982) era MAURICIO MACRI (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 9/3/1983).

- El 7 de abril de 1997 (4 meses antes de constituir CORREO ARGENTINO S.A.), se nombró el siguiente Directorio (ver Boletín Oficial de la Rep. Argentina del 23/5/1997):
Presidente: EDGARDO PRÓSPERO POYARD
Vicepresidente: LUIS A. GRAZIANI
Directores Titulares:
JORGE AGUADO
ORLANDO LUIS ROSEMBERG
RICARDO MARCOS KESSELMAN
TRISTÁN GONZÁLEZ CORREAS
ERNESTO ALBERTO GASPARI
LUIS DA COSTA
Directores Suplentes:
HERNÁN CARLOS REY WILLIS
NÉSTOR OSVALDO GRINDETTI
BERNARDO GUSTAVO CUSTO
HORACIO ROBERTO DE VITA

- Dieciséis (16) años antes de que se asociara para conformar CORREO ARGENTINO S.A., lo cual aconteció el 25/8/1997, se había constituido el 4/6/1981 en Panamá una sociedad offshore denominada IMPRESIT SIDECO S.A., homónima de la que en la Rep. Argentina giró con dicho nombre hasta el 29/8/1982 y que a partir de ese momento se denominó SIDECO AMERICANA S.A., estando dicha offshore aún vigente al día de hoy y teniendo el mismo cambio de nombre que en la Rep. Argentina, pues la panameña también se denomina ahora SIDECO AMERICANA S.A.
Tiene Ficha del Registro Público de Panamá N° 73.044.
Socias:
SIDECO AMERICANA S.A. – Rep. Argentina
MIRLEX SA. – Rep. Oriental del Uruguay
El primer Directorio de esta offshore homónima fue:
Presidente: FRANCISCO MACRI
Vicepresidente: (JORGE FORTUNATO HAIEK) – MIGUEL ANGEL PUCCI
Tesorero: ROBERTO RIGHINI
Secretario: (DIEGO PELIZZATTI) - LUIS DA COSTA

- Sobre SIDECO AMERICANA S.A. y las demás sociedades vinculadas a la misma existe suficiente material en el resto del blog, por lo que me remito a él para mayor conocimiento.

- Los datos del Presidente de SIDECO AMERICANA S.A. a la fecha de constitución de CORREO ARGENTINO S.A. (25/8/1997), son los siguientes:
EDGARDO PRÓSPERO POYARD
D.N.I. n° 4.453.338
CUIT: 20-04453338-4
  Persona Física (Masculino), Argentino
  Provincia: Buenos Aires - Localidad: Ingeniero Maschwitz
  Fecha de inscripción: 
  Ganancias: Ganancias Personas Físicas
  Empleador: No
 Impuestos activos:
GANANCIAS PERSONAS FISICAS
 Actividad(es):
RIO 23 S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
SOCMA AMERICANA S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
GRANDBERRY INC. (offshore)
Integrante del Directorio de la Sociedad
LORELA S.A. (offshore)
Integrante del Directorio de la Sociedad
OMEXIL S.A. (offshore)
Integrante del Directorio de la Sociedad
CAPRIA DOMINGO A S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
MACAIR JET S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
CONINSA S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
SOCMA S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad



* BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA
Por ser una entidad financiera de público conocimiento y de la cual se obtiene suficiente material en internet, nos remitimos a dicha información para más ilustración.



- Los datos del Presidente de CORREO ARGENTINO S.A. a la fecha de su constitución (25/8/1997), son los siguientes:
ORLANDO SALVESTRINI
D.N.I. n° 5.412.330
CUIT: 20-05412330-3
  Persona Física (Masculino), Argentino
  Localidad: Ciudad Autónoma Buenos Aires
  Fecha de inscripción: 1992-11-05
  Ganancias: Sicore-Impuesto a Las Ganancias - IVA: Iva Inscripto
  Empleador: Si
v:shapes="_x0000_i1044"> Impuestos activos:
GANANCIAS PERSONAS FISICAS
GANANCIA MINIMA PRESUNTA
IVA
SICORE-IMPTO.A LAS GANANCIAS
EMPLEADOR-APORTES SEG. SOCIAL
 Actividad(es):
CLUB ATLETICO BOCA JUNIORS
Miembro de Comisión Directiva
BOCA CRECE S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
CONMEBOL – CONFEDERACIÓN SUDAMERICANA DE FÚTBOL
Integrante de la Comisión de Gobernanza y Transparencia
GRANDBERRY INC. (offshore)
Integrante del Directorio de la Sociedad
LORELA S.A. (offshore)
Integrante del Directorio de la Sociedad
NIAGARA HOLDING CORP (offshore)
Integrante del Directorio de la Sociedad
OMEXIL S.A. (offshore)
Integrante del Directorio de la Sociedad
SERVICIO ELECTRONICO DE PAGOS S.A. (SEPSA-Pago Fácil)
Integrante del Directorio de la Sociedad
FRAMAC S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
GLOBAL COLLECTION SERVICES S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
MTC INVESTMENTS S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
MTC MERCOSUR TECHNOLOGY AND COMMUNICATIONS S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
ITRON S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad
INS S.A.
Integrante del Directorio de la Sociedad




Ø     Por Decreto 840/97 del 26 de agosto de 1997 se otorgó la concesión de todos los servicios postales, monetarios y de telegrafía que prestaba la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos Sociedad Anónima (ENCOTESA), de la República Argentina, a CORREO ARGENTINO S. A.
Ø     El día 18 de septiembre de 2001 CORREO ARGENTINO S.A. decidió iniciar la formación de un proceso de Concurso Preventivo de la Sociedad en los términos de la Ley 24.522. La solicitud de apertura del Concurso Preventivo de Acreedores de Correo Argentino S.A. fue presentada con fecha 19 de septiembre de 2001 y el proceso judicial pertinente quedó  radicado ante el Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial N° 9, a cargo del Doctor Eduardo M. Favier Dubois, Secretaria N° 18 a cargo del Doctor Germán S. Taricco Vera. Oportunamente, luego de haberse cumplido con todos los recaudos procesales del caso, el Juzgado interviniente dictó la Resolución de apertura del Concurso Preventivo. El monto del pasivo concursal denunciado en la presentación fue de $ 762.911.043,08.
Ø     Dada la apertura del concurso preventivo, se llevó a cabo el procedimiento pertinente para verificar los créditos de los acreedores de Correo Argentino. Ocurrido el mismo, el Juez en Resolución de fecha 19 de julio de 2002, dictó la verificación, admisibilidad y, en algunos casos, rechazo de los créditos insinuados.
Ø     Por Decreto 1075/2003 del 19 de noviembre de 2003 se rescindió el contrato de concesión suscrito ente el Estado Nacional de la Rep. Argentina y CORREO ARGENTINO S.A.
Ø     En virtud de que por Decreto 1075/03 el Estado se hizo cargo del Correo y su personal, el 16 de diciembre de 2003 el Juez actuante resolvió, al no haber acompañado la Sociedad las conformidades de los acreedores con la propuesta de pago presentada, que no resultaba aplicable el procedimiento de "salvataje" o "cramdown" previsto por el artículo 48 de la Ley 24.522, por considerar que Correo Argentino S.A. se encontraba sin la concesión postal y sin el mínimo de personal en relación de dependencia que exige el art. 288 LCQ., por lo que debía transformar el procedimiento en “pequeño concurso” y en la misma fecha declaró la quiebra. La Sociedad interpuso recurso de apelación contra ambas decisiones los que fueron concedidos con efecto devolutivo. El 30 de diciembre de 2003 Correo Argentino S.A. acudió en queja ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, con el objeto de que se modificara el efecto con el que fueron concedidas las apelaciones contra las resoluciones de no aplicación del procedimiento previsto por el Artículo 48 de la Ley concursal y la que declaró su estado falencial, planteo que fue acogido el 6 de enero de 2004, por la Sala de Feria, concediéndose el recurso contra la sentencia de quiebra con carácter suspensivo.
Ø     El 27 de octubre de 2004, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala B, revocó la Resolución de primera instancia que decretó la quiebra de la Sociedad y ordenó encauzar la apertura del procedimiento previsto en el Artículo 48 de la Ley 24.522 (proceso de cramdown), lo que brinda la posibilidad de que el deudor por si o con terceros y también terceros puedan intentar alcanzar un acuerdo con los acreedores de la Sociedad y en su caso, con sus accionistas.
Ø     En la Resolución del 27/2/2017 de la Procuradoría de Investigaciones Administrativas, dependiente del Ministerio Público Fiscal (ver: https://www.mpf.gob.ar/pia/files/2017/02/copia-informatica-informe-uadt.pdf), se lee en la página 3:
“El 28/06/2016 se lleva a cabo una audiencia en la Sala B de la Cámara del fuero, a la que comparecieron los representantes de Correo Argentino S.A., la Sindicatura General, la Sindicatura controlante, la Sindicatura Verificante y en representación del Estado Nacional el Dr. Mocoroa - Director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Comunicaciones, juntamente con la letrada patrocinante Dra. María Alejandra Gottardi.
Llevada a cabo la audiencia, el Director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Comunicaciones rechazó la propuesta de la concursada, señalando que “tenía facultades” para solicitar ajustes, detallando en que consistían los mismos3.
3 El letrado manifestó “…que siguiendo las instrucciones del caso debe rechazar la propuesta en los términos antes planteados y tiene facultades para solicitar un ajuste de la propuesta que implique una reducción de las anualidades contenidas en el plazo planteado por la Concursad a hasta alcanzar no menos de quince cuotas de capital representativas del 100% del monto verificado en autos, y un aumento de la tasa de interés elevándola al 7% anual. ..” (ver fs. 1vta y2).”
La propuesta original de pago de CORREO ARGENTINO S.A. al Estado Nacional, era:
“La propuesta rechazada consistía en el pago del 100% del capital verificado y/o declarado admisible, que sería abonado en 19 cuotas anuales y consecutivas, más una cuota de intereses del 6% anual4 , …
4 a) 4 cuotas equivalentes al 1% de los créditos quirografarios – venciendo la primera al año del cierre del ejercicio del año fiscal en que quede firme la homologación; b) 10 cuotas equivalentes al 2% de los créditos verificados - venciendo al año siguiente del vencimiento de la última cuota ; c) una cuota equivalente al 6% del capital quirograf ario; d) 2 cuotas equivalentes al 10% del capital quirograf ario; e) una cuota equivalent e al 20% del capital quirografario; f ) una cuota equivalent e al 30% del capital quirografario y g) una cuota de in tereses sobre el capital ya abanado calculados al 6% anual no acumulativo sobre saldos.”
O sea, comenzando a pagar en 2017, para el 2034 recién tendría cancelado sólo el 50% del crédito verificado, lo que significa que habría cancelado la mitad de lo que hoy adeuda cuando pasaran 4 presidentes más luego del actual y haber pasado 7 presidentes desde que se originó la deuda. En tanto que el total de lo adeudado lo cancelaría junto con la asunción del octavo presidente posterior al momento en que contrajo la deuda.
Sería muy bueno poder pagar nuestras deudas cancelándoselas al OCTAVO PRESIDENTE posterior al momento en que la contrajimos.
Dejamos a consideración del lector las cuentas relacionadas a estas propuestas de pagos realizadas el 28 de junio de 2017 al Gobierno del Presidente Mauricio Macri, para saldar la deuda con el Estado que él preside, por parte de una empresa en la que él tiene participación económica:
1° PROPUESTA DE CORREO ARGENTINO S.A.
28/6/2017
DEUDA VERIFICADA =
296.205.376,49


MONTO
A PAGAR
SALDO
INTERES DE 6%
SOBRE SALDO
31/12/2018
1% DEL CREDITO
                         2.962.053,76
      293.243.322,73
            17.594.599,36
31/12/2019
1% DEL CREDITO
                         2.962.053,76
      290.281.268,96
            17.416.876,14
31/12/2020
1% DEL CREDITO
                         2.962.053,76
      287.319.215,20
            17.239.152,91
31/12/2021
1% DEL CREDITO
                         2.962.053,76
      284.357.161,43
            17.061.429,69
31/12/2022
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      278.433.053,90
            16.705.983,23
31/12/2023
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      272.508.946,37
            16.350.536,78
31/12/2024
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      266.584.838,84
            15.995.090,33
31/12/2025
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      260.660.731,31
            15.639.643,88
31/12/2026
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      254.736.623,78
            15.284.197,43
31/12/2027
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      248.812.516,25
            14.928.750,98
31/12/2028
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      242.888.408,72
            14.573.304,52
31/12/2029
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      236.964.301,19
            14.217.858,07
31/12/2030
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      231.040.193,66
            13.862.411,62
31/12/2031
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      225.116.086,13
            13.506.965,17
31/12/2032
6% DEL CREDITO
                       17.772.322,59
      207.343.763,54
            12.440.625,81
31/12/2033
10% DEL CREDITO
                       29.620.537,65
      177.723.225,89
            10.663.393,55
31/12/2034
10% DEL CREDITO
                       29.620.537,65
      148.102.688,25
              8.886.161,29
31/12/2035
20% DEL CREDITO
                       59.241.075,30
        88.861.612,95
              5.331.696,78
31/12/2036
30% DEL CREDITO
                       88.861.612,95
                           -  
                               -  
31/12/2037
6% DE INTERES
SOBRE SALDOS
                     257.698.677,55
          257.698.677,55
MONTO TOTAL A PAGAR =
                     553.904.054,04






2° PROPUESTA DE CORREO ARGENTINO S.A.
CORREGIDA CONFORME LO PIDIO EL GOBIERNO - 28/6/2017
DEUDA VERIFICADA =
296.205.376,49


MONTO
A PAGAR
SALDO
INTERES DE 7%
SOBRE SALDO
31/12/2018
1% DEL CREDITO
                         2.962.053,76
      293.243.322,73
            20.527.032,59
31/12/2019
1% DEL CREDITO
                         2.962.053,76
      290.281.268,96
            20.319.688,83
31/12/2020
1% DEL CREDITO
                         2.962.053,76
      287.319.215,20
            20.112.345,06
31/12/2021
1% DEL CREDITO
                         2.962.053,76
      284.357.161,43
            19.905.001,30
31/12/2022
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      278.433.053,90
            19.490.313,77
31/12/2023
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      272.508.946,37
            19.075.626,25
31/12/2024
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      266.584.838,84
            18.660.938,72
31/12/2025
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      260.660.731,31
            18.246.251,19
31/12/2026
2% DEL CREDITO
                         5.924.107,53
      254.736.623,78
            17.831.563,66
31/12/2027
3% DEL CREDITO
                         8.886.161,29
      245.850.462,49
            17.209.532,37
31/12/2028
3% DEL CREDITO
                         8.886.161,29
      236.964.301,19
            16.587.501,08
31/12/2029
15% DEL CREDITO
                       44.430.806,47
      192.533.494,72
            13.477.344,63
31/12/2030
15% DEL CREDITO
                       44.430.806,47
      148.102.688,25
            10.367.188,18
31/12/2031
20% DEL CREDITO
                       59.241.075,30
        88.861.612,95
              6.220.312,91
31/12/2032
30% DEL CREDITO
                       88.861.612,95
                      -0,00
                          -0,00
31/12/2033
7% DE INTERES
SOBRE SALDOS
                     238.030.640,55
          238.030.640,55








MONTO TOTAL A PAGAR =
  534.236.017,04







Ø     El actual Presidente de la Rep. Argentina, Mauricio Macri, dijo cuando era titular del Grupo Macri, según la nota publicada el sábado 2 de agosto de 1997 por el Diario “La Nación” de Argentina, cuya versión on-line puede verse en http://www.lanacion.com.ar/74033-como-sera-el-nuevo-correo:
Mauricio Macri, titular del grupo, dijo ayer que aunque es un poco prematuro definir la estrategia con la que desarrollarán el ente postal, apuntarán a dar servicios que ahora no se brindan, como base del crecimiento del negocio.”
Ø     Vamos a concluir con lo que el Procurador de Investigaciones Administrativas, dependiente del Ministerio Público Fiscal, Procuración General de la Nación (República Argentina), ha expresado respecto de este tema el 27 de febrero de 2017.
Dejamos que hable la Justicia:
“… hago saber que las presentes actuaciones se originan en virtud de la presentación efectuada por la Dra.  Gabriela F. Boquín, Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial; remitiendo copia del dictamen elaborado por la citada Fiscal el 30/12/2016 y su ampliatorio de fecha 07/02/2017, correspondiente a los autos “Correo Argentino s/ Concurso preventivo” (Expte N° 94360/01) en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 6 Secretaría Nro. 11 y actualmente ante la Sala B de la Cámara del  mismo fuero.
… Considera que si bien a primera vista la propuesta recepta los requerimientos del Estado Nacional  en tanto “mejora” el  plazo del  pago -100% del  capital  verificado y/o declarado admisible en 15 cuotas anuales y consecutivas venciendo la primera al  año del cierre del  ejercicio f iscal  en que quede firme la homologación (anteriormente eran 19 cuotas) y a una tasa de interés del  7% anual (antes del  6% anual); el análisis económico lleva a concluir que la propuesta aceptada no implica mejora alguna, toda vez que tomando como posible fecha de homologación el 15/12/16 y como fecha de inicio de pago de las cuotas propuestas el 31/12/17 y considerando que la fecha de presentación en concurso preventivo es del  19/09/01 y utilizando como tasa para el cálculo del valor presente, la tasa activa mensual del BNA a septiembre de 2001, el porcentaje de quita para mejora de la oferta efectuada y aceptada asciende al  98,82% (que actualizado al 03/02/2017 asciende al  98,87% -conf. fs. 36 vta.-) del valor del crédito del  Estado Nacional, lo que la convierte nuevamente en una propuesta abusiva, resultando inexistente una “mejora” de oferta que justifique el cambio de posición del Estado que de convalidarse la conformidad,  éste resignaría sustancialmente el crédito aceptando la cancelación del mismo con la percepción de un valor insignificante en términos de valor presente; resultando equiparable a una condonación de la deuda.
En segundo lugar, entiende la Sra. Fiscal General que Correo Argentino S.A. no obtuvo la conformidad del  acreedor Estado Nacional toda vez que el consentimiento prestado por su representante -Dr. Mocoroa, Director de Asuntos Jurídicos del  Ministerio de Comunicaciones- carece de competencia; toda vez que se trata de un funcionario con designación transitoria en representación del  Estado Nacional.
… En tercer lugar señala, que conforme surge a lo largo del proceso concursal, Correo Argentino S.A. está controlada por Sideco Americana S.A,  la cual  a su vez es controlada por Socma Americana S.A. -cuyos accionistas serían integrantes de la familia del  Presidente de la Nación; siendo usufructuario vitalicio de esas acciones el Sr. Francisco Macri. … agrega que sería de dudosa validez la actuación del  Procurador del  Tesoro de la Nación -máximo órgano consultivo de carácter jurídico desconcentrado del Poder Ejecutivo,  con dependencia directa del Presidente de la Nación-; toda vez que tiene relación jerárquica con el  Presidente, a quien no puede beneficiar,  ni aún indirectamente en el ejercicio de sus funciones.
… En cuarto lugar señala irregularidades en el proceso judicial gracias al cual Correo Argentino S.A., se benefició con un estado de “eterno” concurso y logró suspender por más de quince años el  pago a sus acreedores (art. 16 LVQ) …
… Por otra parte, advierte una recategorización extemporánea de los acreedores y una manipulación de las mayorías en perjuicio de los acreedores quirografarios, pretendiendo que estos queden sometidos por una mayoría ficticia a la pérdida sustancial de sus derechos (maniobras realizadas a través de cesiones de créditos, pagos por subrogación, entre otros). Entiende análoga la situación de los autos en los que interviene con las circunstancias que fundamentaron el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Arcángel Maggio S.A. s/concurso preventivo”.
… Que en consecuencia de lo dicho hasta aquí, los elementos a analizar consisten en las afirmaciones,  respaldadas por el carácter funcional de quien las ha emitido, contenidas en los dictámenes remitidos. Que las maniobras denunciadas podrían configurar un intento de defraudación por administración infiel de los intereses confiados, en tanto la aceptación de una propuesta casi  idéntica a la rechazada anteriormente por la misma parte, el Estado Nacional, convalidaría un perjuicio patrimonial multimillonario, conforme surge de las tareas de cálculo que llevaron adelante la Fiscalía General con el apoyo de la DAFI.
… Abona esta hipótesis, la forma casi escandalosa en que este cambio de opinión fue dado, sin avales técnicos según el  decir de la Fiscal General, y en el  transcurso de una audiencia que según se reseña, se asemeja bastante a un acto guionado para las apariencias.
… se estima pertinente sugerir que, como consecuencia de los argumentos que la Fiscal Boquin ha vertido acerca de la participación del representante del Estado, se proceda a promover el  inicio de una actuación disciplinaria que según se estima, debería desarrollarse en el ámbito de la Procuración del Tesoro de la Nación, toda vez que una de las hipótesis de investigación, conforme el desarrollo argumentativo de la Fiscal General Boquin, introduce la posibilidad de participación en el hecho de varias autoridades nacionales.”


- - - - - - - - // C O N T I N Ú A // - - - - - - - -


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