domingo, 9 de abril de 2017

LAS CAUSAS JUDICIALES - ¿SERÁ JUSTICIA?

DENUNCIAS QUE INVOLUCRAN AL GRUPO MACRI,
A SUS DIRECTIVOS Y TAMBIÉN A INTEGRANTES
DEL GOBIERNO DE LA REP. ARGENTINA


CASO PANAMÁ PAPERS
Causa N° 3.899/2016
Carátula: “Macri, Mauricio s/ infracción artículo 303 del CP”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 7, Secretaría N° 14
Hecho: Panama Papers (abril 2016): El Presidente fue imputado por el fiscal Federico Delgado por presunta "omisión maliciosa" en su declaración jurada, a raíz de la denuncia realizada por el Diputado del Frente para la Victoria, Darío Martínez, que se basa en los documentos filtrados en la investigación conocida como Panama Papers. La causa quedó a cargo del juez Sebastián Casanello.

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CASO CORREO ARGENTINO S.A.
OFICINA ANTICORRUPCIÓN
Causa N° 1696
Resolución OA/DI Nro.254/02 - Buenos Aires, 16 de julio de 2002.
Se investigó el proceder de los funcionarios del Ministerio de Trabajo de contratar de manera directa (en dos ocasiones) a la empresa Correo Argentino para que abone las "ayudas económicas no remunerativas" que la Secretaría dispusiere en el marco del Segundo Proyecto de Protección Social Programa Trabajar II, lo que generó un perjuicio a los intereses pecuniarios que les fueron confiados.
Los funcionarios actuantes violaron los deberes de administración que tenían a su cargo, privando al Estado de la posibilidad de abonar una suma sustancialmente menor por el mismo servicio, ya que:
a) La contratación directa realizada no se encontraba en absoluto justificada por cuanto no concurrían las causales de excepción que fueron invocadas.
b) No pusieron en práctica la reducción del arancel propuesto por Correo Argentino.
Se concluyó que las conductas descriptas generaron una serie de actos que implicaron en los hechos: desvíos normativos, incumplimiento de directivas impartidas y demoras injustificadas que redundaron, en definitiva, en un perjuicio económico para las arcas del Estado.
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Causa Nº 12.015/99
Carátula: "K G s/ Abuso de Autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público“
Fecha inicio: 01/10/99
Fecha Hecho: 01/07/99
Juzgado: Federal Nº 11, Secretaría Nº 21
Imputados: Un funcionario y otros
Calificación: Arts. 173 inc. 7 y 174 inc. 5 C.P. (Fraude en perjuicio del Estado)
Hecho: Luego de la privatización del correo, la empresa adjudicataria habría presentado como inversión el dinero que había destinado al pago de indemnizaciones, cuando esto no se encontraría previsto en la normativa vigente.
FUENTE:
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Causa N° 1.604/2017 - Fiscalnet: 13555/17
Carátula: “Aguad, Oscar; Macri Mauricio y otro S/ Incumplim. de autor. y viol. Deb. Func. Publ. (art.249)”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 4, Secretaria N° 07
Hecho: Acuerdo por deuda de Correo Argentino S.A. (febrero 2017): imputados Mauricio Macri, Oscar Aguad y Juan Manuel Mocoroa. El juez es Ariel Lijo y el fiscal Juan Pedro Zoni. El gobierno argentino estuvo a punto de cerrar un acuerdo con la familia del Presidente por una deuda que el Grupo Macri mantenía con el Estado Nacional. El convenio autorizado por el ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad, le establecía un plan de cuotas duradero hasta el 2033 que licuaba las obligaciones del Grupo con el Estado. Las denuncias fueron presentadas por Martín Sabbatella y Gabriela Cerrutti, y por un abogado particular. En el dictamen del fiscal, ambas acusaciones están dirigidas a que "se habrían cometido conductas delictivas” en el acuerdo.
Actuaciones que se originan en virtud de la presentación efectuada por la Dra.  Gabriela F. Boquín, Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial; remitiendo copia del dictamen elaborado por la citada Fiscal el 30/12/2016 y su ampliatorio de fecha 07/02/2017, correspondiente a los autos “Correo Argentino s/ Concurso preventivo” (Expte N° 94360/01) en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 6 Secretaría Nro. 11 y actualmente ante la Sala B de la Cámara del  mismo fuero.
Se refresca la memoria del lector señalando que el día 18 de septiembre de 2001 CORREO ARGENTINO S.A. decidió iniciar la formación de un proceso de Concurso Preventivo de la Sociedad en los términos de la Ley 24.522. La solicitud de apertura del Concurso Preventivo de Acreedores de Correo Argentino S.A. fue presentada con fecha 19 de septiembre de 2001 y el proceso judicial pertinente quedó  radicado ante el Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial N° 9, a cargo del Doctor Eduardo M. Favier Dubois, Secretaria N° 18 a cargo del Doctor Germán S. Taricco Vera. Oportunamente, luego de haberse cumplido con todos los recaudos procesales del caso, el Juzgado interviniente dictó la Resolución de apertura del Concurso Preventivo. El monto del pasivo concursal denunciado en la presentación fue de $ 762.911.043,08.
Por Decreto 1075/2003 del 19 de noviembre de 2003 se rescindió el contrato de concesión suscrito ente el Estado Nacional de la Rep. Argentina y CORREO ARGENTINO S.A.

También puede verse:

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CASO CHAPECÓ - BRASIL
Un antecedente idéntico al de CORREO ARGENTINO S.A. lo tiene el Grupo Macri en Brasil con la empresa CHAPECÓ, pero veamos lo que dice la justicia brasileña al respecto en el caso “CHAPECÓ COMPANHIA INDUSTRIAL DE ALIMENTOS, CNPJ N82.949.371/0001-89 e S/A INDÚSTRIA E COMÉRCIO CHAPECÓ, CNPJ Nº 83.296.889/0001-23, com endereços à rua Barão do Rio Branco, 1270-E, sala  01 e 03, Bairro SAIC, Chapecó-SC Ação de Falência nº  018.04.000288-5” - Falido(s): S/A Indústria e Comércio Chapecó  e  Chapecó Companhia Industrial de Alimentos:
CITO:
“… O GRUPO MACRI, com a renuncia de seus principais mandatários, PRATICAMENTE ABANDONOU A EMPRESA, deixando-a a deriva, a partir do final de 2002, TOMANDO A TEMERÁRIA E RADICAL DECISÃO DE DEMITIR A TODO SEU QUADRO DE 4600 FUNCIONÁRIOS e DESATIVAR E PARALIZAR A TOTALIDADE DE SUAS OPERAÇÕES em Abril de 2003.
Ações inusitadas com efeitos letais sobre valor do negócio, sobre suas obrigações sociais para com a comunidade e as famílias de seus funcionários e de seus milhares de fornecedores, sobre a economia da região e sobre sua capacidade de honrar seus compromissos junto a seus milhares de credores.
Um verdadeiro genocidio empresarial como citado pela SAIC e CCIA na inicial de seu 2º pedido de concordata.
DESMOBILIZOU A INTELIGÊNCIA E O CONHECIMENTO DA EMPRESA POR COMPLETO, DESTRUIU SEU FUNDO DE COMÉRCIO E SUA MARCA, colocando a empresa em situação de absoluta autofagia sem a mais remota chance de recuperação.
Um caos devastador, com canibalismo entre os frangos provocando a morte de mais de 7 milhões de aves, problemas de saúde pública e intoxicação, problemas ambientais, imputando enormes perdas aos milhares de produtores integrados, desemprego, alarmantes danos econômicos e sociais.
De igual forma, castrou sua capacidade de barganha para alienar seu negócio ou para arrendar suas unidades produtivas.  (grifei)  Pasmem! Mais grave ainda foi o Sistema BNDES haver permitido que se processasse toda essa destruição.  A conseqüência para a empresa foi a mais nefasta, porém esperada, possível.
Sem outra alternativa, as unidades produtivas foram apressadamente arrendadas com opção de compra por valores e condições vis no exíguo prazo de quinze dias antes do final de 2003, às vésperas de impetrar sua segunda concordata preventiva em 12.01.2004 (SAIC e CCIA), apenas dois anos após o encerramento do primeiro período de proteção contra credores. (grifei)   Diante da impossibilidade das concordatárias em efetuar o pagamento do montante relativo ao favor legal, devido em 12.01.2005, e com o objetivo de obter um quadro mais claro da real dimensão da crise econômico-financeira das mesmas e encontrar uma possível solução juridicamente válida e eficaz para a crise, o Juízo da concordata aceitou estender o prazo da mesma de 12.01.2005 para 12.05.2005.
Em 11.02.2005 e 31.03.2005, as concordatárias SAI C  e CCI A apresentaram proposta de acordó conjuntamente com um de seus controladores, a ALIMBRÁS (pertencente ao Grupo MACRI e integrante do bloco de controle com FRANCISCO MACRI E BNDESPAR) totalizando a vultosa soma de R$ 953 milhões – um verdadeiro golpe de misericórdia.  Um PLANO de deságio de 91% da dívida a ser imputado a uma grande quantidade de credores, carregando em suas versões iniciais o moderno título de PLANO DE RECUPERAÇÃO (sendo a expressão “RECUPERAÇÃO” apropriadamente retirada na última versão do PLANO em 31.03.2005).
Com os danos sociais e econômicos consumados de forma contumaz no ano de 2003, o referido PLANO, na superfície, consiste na obtenção de um perdão da quase totalidade da dívida por parte das grandes instituições financeiras, detentoras de 91% da totalidade dos créditos de R$ 662 milhões junto a SAIC e CCIA, dos quais R$ 256 milhões pertencem ao BNDES.
Porém, após uma análise mais criteriosa, inicialmente chegamos a concluir que o referido “PLANO” tinha como real objetivo persistentemente buscar a isenção de responsabilidades que venham a advir com a eventual oficialização da falencia pelo Juízo - fato que seguramente já se materializou em 2004, apenas ainda não formalmente.
A proposta de acordo em questão inclui ainda o perdão da dívida da ALIMBRAS/MACRI junto ao Sistema BNDES, da ordem de R$ 300 milhões (valor compilado através da diferença entre o valor total dos créditos do Sistema BNDES incluindo a ALIMBRAS e o valor dos créditos do BNDES junto a SAIC E CCIA).
Cabe lembrar que a ALIMBRAS é acionista do Grupo CHAPECÓ e detentora de 49.77% de suas ações ordinárias.
O montante devido pela ALIMBRAS/MACRI ao Sistema BNDES não pode ser consolidado na dívida de suas controladas SAIC e CCIA junto ao mesmo BNDES.  (grifei) O BNDES detém R$ 256 milhões de créditos junto a SAIC E CCIA, dos quais R$ 60 milhões na SAIC. Objetivamente, a nível operacional, econômico-social e do negócio propriamente ditos, cabe enfatizar que o “PLANO” apresentado em 11.02.2005 (e em 31.03.2005) não surtirá qualquer efeito, vez que o desmantelamento da empresa já se encontra materializado. (grifei)  A inteligência, o conhecimento, o fundo de comércio e a marca Chapecó, integrantes do o outrora valioso negócio Chapecó, já não possuem qualquer valor.
Lamentavelmente, todas as informações e documentos analisados, levam-nos a concluir com total segurança que as medidas implementadas pelos acionistas que formam o bloco de controle (MACRI e BNDES), detentores do poder de mando e os dirigentes do Grupo Chapecó, resultaram na dilapidação do valor da empresa que hoje se resume ao valor de seus ativos, se tanto.  (grifei).
VII – DA CONCLUSÃO O fato é, que hoje, como resultado funesto da reorganização e re-estruturação mal concebida e pior ainda administrada, a Chapecó existe apenas no papel; foi totalmente esvaziada. Não possui mais funcionários, inteligência estratégica, conhecimento, fundo de comércio ou marca.
Boa parte de seus funcionários das diferentes unidades de produção foi contratada pelas empresas arrendatárias.  (grifei) Um dos principais acionistas controladores da SAIC/CCIA, o Sr. Francisco Macri (Grupo MACRI) é falido na Argentina.
Sua controlada, CORREIOS ARGENTINOS, teve sua falência decretada em Dezembro de 2003, deixando uma dívida de 900 milhões de pesos, ficando o Sr. Francisco Macri, Roberto Maffioli (ex-presidente da empresa postal e atual membro do conselho da CHAPECÓ) e toda a cúpula da empresa proibida de deixar aquele País. É certo que em 12.05.2005, data que termina o prazo adicional concedido pelo Juízo da Concordata, as receitas advindas dos arrendamentos não serão suficientes para honrar o pagamento da concordata.
A SAIC/CCIA encontra-se absolutamente insolvente e ilíquido. …”
FIN DE LA CITA

FUENTE: Poder Judiciário do Estado de Santa Catarina - www.tj.sc.gov.br – Florianópolis – Matérias publicadas no Diário da Justiça - Sexta feira 6 de maio de 2005 - Número 11663

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CASO YACYRETÁ
Causa N° 8.815/08
Carátula: “NN s/ Defraudación por administración fraudulenta”
Juzgado: Federal N° 1, Secretaría N° 1
Hecho: Se investiga el irregular y asimétrico tratamiento que se le habría dado a las partes en el caso en trámite ante la Corte Internacional de Arbitraje, de la Cámara de Comercio Internacional, en el caso “Empresas Reunidas Impregilo-Dumez y Asociados para Yacyretá” (“ERIDAY – UTE c/ YACYRETÁ” - CCI N° 1841/KGA/CCO) – Entre las cuestiones investigadas se encuentran la utilidad excesiva percibida por ERIDAY – UTE, el ocultamiento de beneficios, la asimetría en el tratamiento de acreencias en perjuicio de la Entidad Binacional Yacyretá, el reconocimiento de costos por reprogramaciones de obra y sumas anticipadas, y la duplicidad de libros subsidiarios de contabilidad general.

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CASO DEUDAS EXTERNAS PRIVADAS TRASPASADAS AL ESTADO – LICUACIÓN DE PASIVOS
Causa N° 14.467/82 - Expediente Nº 7.723/98 (ex causa 14.467)
Carátula: "Olmos Alejandro s/denuncia”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2, Secretaria Nº 4
Hecho: Socma y Sevel forman parte de un extenso listado de más de 70 empresas que traspasaron sus pasivos hacia las arcas del Estado entre 1979 y 1983. La trama de esta operación fue investigada por el juez Jorge Luis Ballestero. “Empresas de significativa importancia y bancos privados endeudados con el exterior, socializando costos, comprometieron todavía más los fondos públicos con el servicio de la deuda externa a través de la instrumentación del régimen de seguros de cambio”, afirmó el magistrado en la causa, donde pesquisó el crecimiento de la deuda bajo el gobierno militar.
“Fue una de las mayores estafas al pueblo argentino”, dijo el ex diputado Mario Cafiero.
23 mil millones de dólares es el perjuicio que, según se calculó en 1983, las empresas asociadas a la dictadura ocasionaron al Estado Nacional.
Se adjunta a fs 17/18 del expediente señalado, proveniente de la información del Banco Central de la Rep. Aargentina y otros organismos del Estado- página 8 - la deuda externa de los principales deudores del sector privado al 22-1-85 por un total de dólares 23.000 millones. Nótese que en un listado de primeros setenta deudores 26 de los mismos corresponden a entidades que operan en el sistema financiero argentino.-
MONTO
En millones de dolares
DEUDOR
Monto en Millones de dólares
COGASCO SA
1348
AUTOPISTAS URBANAS SA
951
CELULOSA ARGENTINA SA
836
ACINDAR SA
649
BANCO RIO
520
ALTO PARANA SA
425
BANCO DE ITALIA
388
BANCO DE GALICIA
293
BRIDAS SA
238
ALPARGATAS SA
228
CITY BANK
213
CIA NAVIERA PEREZ COMPANC
211
DALMINE SIDERCA
186
BANCO FRANCES
184
PAPEL DE TUCUMAN
176
JUAN MINETTI SA
173
BANCO MERCANTIL
167
ALUAR SA
163
BANCO GANADERO
157
CELULOSA PUERTO PIRAY
156
BANCO CREDITO ARGENTINO
153
BANCO COMERCIAL DEL NORTE
137
BANCO DE LONDRES
135
BANCO TORQUINST
134
BANCO ESPAÑOL
134
SADE
125
SEVEL
124
BANCO DE QUILMES
123
PARQUES INTERAMA
119
CIA DE PERFORACIONES RIO COLORADO
119
SWIFT ARMOUR
115
IBM
109
BANCO SUDAMERIS
107
FIRST NATIONAL BANK OF BOSTON
103
ASTRA A EVANGELISTA SA
103
MERCEDES BENZ
92
BANCO DE CREDITO RURAL
92
DEUTSCHE BANK
90
INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA
89
BANCO ROBERTS
89
BANCO GENERAL DE NEGOCIOS
87
ALIANZA NAVIERA ARGENTINA
82
PROPULSORA SIDERURGICA
81
FORD
80
ASTILLEROS ALIANZA SA DE CONSTRUC.
80
MASUH SA
80
CONTINENTAL ILLINOIS NATIONAL BANK
76
BANCO SHAW
73
PIRELLI
70
DEERE AND COMPANY
69
CEMENTO NOA
67
BANCO SUPERVIELLE
65
ALIMENTARIA SAN LUIS
65
LOMA NEGRA
62
SELVA OIL INCORPORATED
61
MACROSA
61
SIDECO ARGENTINA
61
CHASE MANHATTAN BANK
61
BANK OF AMERICA
59
ASTRA CIA ARGENTINA DE PETROLEO
59
DEMINEX ARGENTINA
57
INDUSTRIAS PIRELLI
56
ESSO 55 LA PENICE SA
53
MANUFACTURES HANOVER TRUST
53
PETROQUIMICA COMODORO RIVADAVIA
52
CIA GENERAL FABRIL FINANCIERA
52
PANEDILE ARGENTINA
51
FIAT
51
BANCO PCIA DE BUENOS AIRES
50
OTROS
11.116
TOTAL
23.000

Esto también derivó en la causa  “Olmos Alejandro s/denuncia por defraudación a la Administración Pública (causa 9147/98), en trámite ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2, Secretaría Nº 4; la causa iniciada en el año 2006 donde se sustancia la investigación del endeudamiento hasta el año 2005 iniciada por denuncia de Alejandro Olmos Gaona y Ricardo Daniel Marcos, acumulada a la causa 9947/98 y la causa "Cavallo, Domingo Felipe y otros s/ defraudación contra la administración pública" (Expediente. 6420/2001) en trámite ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2, Secretaria Nº 4.
En todas estas causas se investigó por qué con fondos del Tesoro Nacional, se cancelaron obligaciones externas de varias empresas privadas en distintas monedas; por qué ni el Banco de la Nación Argentina ni el Banco Nacional de Desarrollo, como entidades financieras que tomaron a su cargo los aspectos operativos, iniciaron actuaciones para el recupero de las sumas pagadas por el Estado ni se acogieron al beneficio de la excusión; por qué la Dirección General de Asuntos Jurídicos no inició las acciones judiciales correspondientes para obtener el recupero de las sumas que afrontara el Estado, respecto a las empresas arriba aludidas; y por qué existieron avales otorgados en contratos en los que se debían establecer garantías reales sin haberse efectuado los correspondientes estudios técnicos y financieros, y sin haberse extremado los debidos recaudos antes del otorgamiento del aval.

La parte resolutiva del Juez Jorge Luis Ballestero fue:
CITO:
RESUELVO:
1)      SOBRESEER DEFINITIVAMENTE en la presente causa N° 14467(expte 7723/98) en la que no existen procesados (art. 434 inc. 2° del Código de Procedimientos en Materia Penal).
2)   
FIN DE LA CITA

(En ese link también podrá leerse el fallo completo)

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CASO CLOACAS DE MORON - ROUSSELOT
Hecho: El 30 de diciembre de 1988, en el Salón Mariano Moreno del primer piso de la Municipalidad de Morón, el entonces intendente Juan Carlos Rousselot firmó con Mauricio Macri la puesta en marcha del Plan Cloacal. La megaobra, un gigantesco negocio que después derivó en estafa masiva, comprometía por 22 años el patrimonio de casi un millón de vecinos del distrito. Esa licitación le costó a Rousselot primero la suspensión provisoria en el cargo, y después su destitución definitiva, al probarse una serie de ilícitos como consecuencia del informe que una Comisión Investigadora presidida por el concejal Martín Sabbatella dio a conocer a fines de los '90.
Mauricio Macri, que en aquella época trataba de despegarse de las empresas de su papá Francisco Macri cada vez que saltaba algo sucio, visitó Morón en varias ocasiones para cerrar números y envió a varios de sus colaboradores a afinar el contrato. Algunos encuentros tuvieron lugar en esa residencia rodeada de parque que después fue la Casa de la Memoria y la Vida.
ELVIO NEREO CIGARROA - L.E. 2.000.319 – Era un escribano que sabía lo de Mauricio Macri con Juan Carlos Rousselot y las cloacas de Morón por cuanto trabajaba en el Grupo Macri y participó como tal en las negociaciones. Fue muerto en enero de 1989 a tiros por un grupo de sicarios mientras viajaba en automóvil con su esposa, a quien no le hicieron daño alguno. No sustrajeron nada del vehículo o a las personas.
Este escribano, carnet n° 304, estuvo adscripto al Registro Notarial N° 15 de Morón entre el 16/10/1945 y el 12/1/1949, pasando ese día a ser el titular del Registro Notarial N° 17, también de Morón, hasta el 9/1/1989, fecha en que lo asesinaron.
Por la importancia que tiene para conocer con más detalle los eventos que llevaron al asesinato de este escribano que actuaba para el Grupo Macri, se informa que el PROTOCOLO del referido Registro Notarial N° 17 de Morón está archivado y debidamente protegido en  A.A.N. LA PLATA, Avenida 13 número 770 [Edificio Sede Central], La Plata, Provincia de Buenos Aires, donde las autoridades judiciales podrán consultarlos si así lo requieren.
FUENTE:

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CASO SERVICIOS VIALES
Causa Nº 8821/02
Carátula: "Otrera y otros S/ abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público – Corredores Viales”
Fecha Hecho: 25/01/01.
Juzgado: Federal Nº 3, Secretaría Nº 5
Imputados: Varios ex funcionarios
Calificación: Arts. 174 inc 5, 248, 260 y 265 del C.P. (Negociaciones incompatibles, fraude en perjuicio de una administración pública, malversación de caudales e incumplimiento de los deberes de funcionario público)
Hecho: Negociaciones, trámites previos y decretos que habrían autorizado cuantiosos pagos a los concesionarios de los corredores viales.
FUENTE:

En esta causa la Oficina Anticorrupción presentó una denuncia contra el ex presidente De la Rúa y cinco de sus ex ministros (Domingo Cavallo, Chrystian Colombo, José Luis Machinea, Carlos Bastos y Nicolás Gallo) por fraude contra la administración pública, malversación de caudales públicos y negociaciones incompatibles con la función pública, en un caso que tiene como parte empresaria al hombre de negocios Mauricio Macri.
La investigación realizada por Manuel Garrido, Marcelo Colombo y José M. Ipohorski Lenkiewicz, trata del proceso que condujo al dictado de los decretos 92 y 976, ambos de 2001, por los que se autorizó el pago de indemnizaciones ilegítimas a los concesionarios de diecinueve corredores viales sobre diez mil kilómetros de rutas nacionales, quienes obtuvieron un “enriquecimiento indebido”.
El perjuicio constatado hasta la fecha de la denuncia, pero que seguía incrementándose mientras no se interrumpiese la ejecución de esos decretos, ha sido gigantesco: superaba los 322 millones de dólares.
Un estudio detallado sobre dos casos testigo que realizó la Auditoría General de la Nación indicaba que uno de los principales beneficiarios es la sociedad anónima Servicios Viales, perteneciente al Grupo Sociedades Macri (Socma), del que Mauricio Macri fue vicepresidente ejecutivo.
Servicios Viales se hizo acreedora de una suma de 65,6 millones de dólares en concepto de indemnización total cuando, sin el ajuste incorrecto detectado, debía ser deudora del fisco por 10,4 millones. La otra empresa auditada, Semacar SA, percibió en forma indebida 38,5 millones.
Entre los denunciados por la Oficina Anticorrupción figura también el especialista técnico que elaboró el acuerdo impugnado, el ingeniero Edgardo Gastón Plá. Según su declaración jurada patrimonial hasta un mes y medio antes de ser designado subsecretario de Obras Públicas “se desempeñó en la empresa Civilia Engenheria, de Brasil”, y antes aún en Sideco Americana, de Chile, que “forman parte del conglomerado empresario Socma, Sociedades Macri”.
Esto revela “el grado de aptitud y confianza que le merecía a las autoridades de SOCMA y probablemente una clara identificación con los intereses del grupo”, dice la denuncia. “Resulta altamente llamativa la actuación de este grupo empresario, tanto al momento de otorgarse las concesiones viables allá por el año 1990 como al momento de reconocerse el pago de una deuda millonaria que incluye montos que resultan ilegítimos”, añade. El otro denunciado es el ex secretario de Obras Públicas que aprobó las recomendaciones de Plá, Máximo Fioravanti.
FUENTE: Nota “ATENDIDA POR SUS DUEÑOS” – Horacio Verbitsky – Página 12 – 21 de julio de 2002 - https://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-7929-2002-07-21.html

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CASO SEVEL
Sumario instruido ante la Comisión Nacional de Valores

Expediente Nº 711/92
Carátula: "SEVEL ARGENTINA S.A. s/ antecedentes licitación de acciones y adjudicación de ofertas"
Entre los hechos no controvertidos y probados en dicho expediente, figuran:
1-7-92: Por orden de Francisco Macri, Mauricio Macri transfirió U$S9.152.068 de su cuenta en Banca della Svizzera Italiana, NY a la cuenta Nº 2048080 de BM en BBH (fs. 608).
3-7-92: Por orden de Francisco Macri, Mauricio Macri transfirió U$S45.660.878 de su cuenta en Banca della Svizzera Italiana, NY a la cuenta Nº 2048080 de BM en BBH (fs. 608).
7-7-92: Devolución parcial de dinero a Sevel: remisión de BM a la cuenta de Sevel en Credit Lyonnais, NY de $25.057.534 (fs. 867).
10-7-92: Devolución parcial de dinero a Sevel: remisión de BM a la cuenta de Sevel en Banca Nazionale del Lavoro, NY de $20.057.534 (fs. 866).
31-7-92: La apertura del legajo societario del comitente Lawton en Medefín se produjo más de un (1) mes después de la adjudicación de las acciones de Sevel y de que le fueron transferidas las acciones.
23-10-92: Devolución parcial de dinero a Sevel: remisión de BM a la cuenta de Sevel en Banca Nazionale del Lavoro, NY de $5.148.765,99.
9-8-94: La legalización del legajo societario del comitente BM en Medefín (contrato y estatuto social) fue integrada más de dos (2) años después que BM presentó su oferta en la licitación de acciones de Sevel.

Expediente judicial

Causa N° 2646
Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
Carátula: “M. 286 XXXVI. – Autos: RECURSO DE HECHO Macri, Francisco y Martínez, Raúl s/ evasión fiscal y presunto contrabando”
FUENTE: sitio de consulta de jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la República Argentina: http://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verUnicoDocumento.html?idAnalisis=524206

Algunas notas periodísticas respecto al tema

FUENTE: Diario La Nación
Martes 24 de octubre de 2000 | Publicado en edición impresa
Nota: “Francisco Macri, procesado por contrabando agravado - Un tribunal confirmó los cargos; problemas para Peugeot-Citroën”
Francisco Macri, su hijo Mauricio y la firma Peugeot-Citroën recibieron ayer un revés judicial que pone a los empresarios al borde de un juicio oral por cargos castigados con prisión y a la compañía en una difícil situación que podría determinar la prohibición para importar vehículos …

FUENTE: Diario La Nación
Viernes 23 de febrero de 2001 | Publicado en edición impresa
Nota: “Procesan a Mauricio Macri por contrabando - Lo acusan de exportar autopartes a Uruguay y cobrar reembolsos para importarlas como autos armados”
El presidente de Boca Juniors, Mauricio Macri, fue procesado por el juez en lo penal económico Carlos Liporace por contrabando, al responsabilizarlo de cobrar reintegros por exportaciones e importaciones de autopartes de la empresa Sevel al Uruguay.
Su padre, Francisco Macri ya se encuentra procesado en esta causa y tiene un embargo de 4.900.000 pesos. El mismo embargo dispuso el juez para su hijo Mauricio …

FUENTE: Diario La Nación
Martes 14 de mayo de 2002 | 11:44
Nota: “La causa por contrabando que involucra a los Macri llegó a la Corte - Los empresarios fueron sobreseídos por la Cámara de Casación, pero el fiscal Ricardo Weschler recurrió al Tribunal Superior para revertir el fallo”
La causa por "contrabando agravado" que involucra a los empresarios Franco y Mauricio Macri, ambos sobreseídos en un controvertido fallo de la Cámara de Casación, llegó a la Corte Suprema de Justicia, que será la encargada de resolver la situación procesal de ambos …

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CASO SIEMENS
INVESTIGACIÓN EN REP. ARGENTINA
Causa Nº 2645/98
Carátula: “Carreras, Aldo y otros s/ Defraudación contra la Administración Pública”
Fecha Hecho: Octubre de 1998
Imputados: Funcionarios públicos y empresarios
Calificación: Art. 174 (5) del C.P. (Fraude en perjuicio del Estado)
Hechos: Presuntas condiciones abusivas que se pactaron en el contrato de adjudicación de la confección de DNI celebrado entre una empresa de origen alemán y el Estado. Se cuestiona la exorbitante cantidad de DNI garantizada e ilegítimas restricciones a la concurrencia de oferentes.
Tribunales intervinientes:
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 4, Secretará N° 8.
Sala II de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal.
Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal.
Corte Suprema de Justicia de la Nación.
FUENTES:

INVESTIGACIÓN EN USA

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CASO HOSPITAL BORDA
Causa N° 27116/2013/7/RH4
Carátula: “Recurso de queja en autos Macri, Mauricio y otros s/ vejación o apremios ilegales”
Juzgado: Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal

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CASO TERRENOS ALEDAÑOS AL HOSPITAL BORDA
Causa N°
Carátula: “Frondizi Marcelo Hernando y otros c/ GCBA s/ amparo”
Juzgado: de la Dra. López Vergara - Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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CASO ESCUCHAS ILEGALES
Causa N° 12466/2009/87/CA49
Carátula: “James, Ciro  Gerardo  y  Otros  S/Asociación  Ilícita...”
Juzgado: Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal
Juzgado original: Federal en lo Criminal y Correccional N° 7, Secretaría N° 13

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CASO EX UCEP – MALTRATO A PERSONAS EN SITUACION DE CALLE
Causa N° 15.765 - 53350/2008/13/RH1
Carátula: “Macri, Mauricio p/ por coacción agravada y abuso de autoridad”
Juzgado: Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal
Hecho: En la causa Mauricio Macri está acusado por 17 casos contra indigentes y personas en situación de calle. Había sido indagado por “haber dispuesto, con la colaboración del entonces Ministro de Ambiente y Espacio Público, Juan Pablo Piccardo, la conformación de una repartición pública cuyo objeto era desocupar los lugares públicos –plazas, calles, bajos de autopista- de personas en situación de calle que pernoctaban allí, en numerosos casos aún mediante la utilización de prácticas contrarias a la ley, al dictar el 21 de octubre de 2008 el Decreto Nº 1232/08; cuyas previsiones resultan contrarias a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, a la Constitución Nacional y a la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires”. También se le reprochó como jefe máximo de la administración local “no haber efectuado los controles pertinentes a fin de evitar la repetición de estos sucesos, pese a su gravedad y reiteración, haber alcanzado estado público y ser advertido por la Legislatura y la Defensoría del Pueblo”. 

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CASO FAMILIA ABANDONADA – INCUMPLIMIENTO ORDENES JUDICIALES
Causa N° 100.323/2010
Carátula: “S.   R.   C/   F.   G.   N.   E.   s/   Desalojo   por   vencimiento   de contrato”
Hecho: El juez Gustavo Caramelo, titular del Juzgado Nacional en lo Civil Nº 1, resolvió formular una denuncia penal a fin que se investigue si Mauricio Macri ha incurrido en delitos de acción pública, con relación a las órdenes impartidas por el propio magistrado en un proceso en donde se intimó al jefe de Gobierno porteño a brindar solución a una mujer y sus cinco hijos menores de edad, quienes habían sido desalojados del inmueble que habitaban.
La denuncia también alcanza a la ministra de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad, María Eugenia Vidal, u otros funcionarios del Gobierno y Administración locales.
En la resolución, firmada este lunes, el magistrado señaló que “resulta inadmisible que, habiéndose dado al gobierno local oportunidad para que cumpliera con sus obligaciones con tiempo, sin que se alcanzaran situaciones angustiantes para los niños involucrados y su grupo familiar, no haya actuado y haya llevado a los nombrados a encontrarse en situación de calle; situación en la que las personas, como ocurrió en el caso de autos, se ven prácticamente forzadas por la necesidad a aceptar la suma que se les ofrece, aún cuando con ella no puedan dar solución al problema habitacional que enfrentan por la desidia de la burocracia”.
“Tal diseño operativo resulta lesivo de los Derechos Humanos de los sujetos involucrados, en especial de los niños. La dejadez burocrática ha dejado a un grupo familiar conformado por cinco niños en la calle con enorme riesgo para la continuidad de su año escolar”, agregó.

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CASO HOGARES DE TRÁNSITO
Causa N° 42311 / 0
Carátula: “Ayala, Fernando Damian y Defensoría del Pueblo de la Ciudad contra GCBA y otros sobre amparo (art. 14 CCABA)”
Hecho: El juez Roberto Gallardo, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2 de la Ciudad de Buenos Aires, citó a una audiencia al jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, en el marco de una causa por la situación de hogares de tránsito de la Ciudad.
En la misma resolución, el magistrado dispuso la clausura preventiva de cuatro hogares de tránsito a fin de que sean readecuados y salvaguardar a sus habitantes.
La decisión fue adoptada en el marco de una acción de amparo iniciada por un beneficiario del Programa de Rehabilitación del Hábitat del barrio de La Boca (PRHBLB) y Alicia Beatriz Pierini, en su carácter de Defensora del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC), por entender que se encuentran afectados de manera actual e inminente los derechos constitucionales a la vivienda, a la salud y a la vida de aquel particular y del conjunto de personas que resultan beneficiarias del PRHBLB que ejecuta el IVC.
Según la resolución firmada por el magistrado, “las circunstancias constatadas por el tribunal, la prueba documental adjunta y los informes recibidos de la Superintendencia de bomberos, resulta verosímil el derecho alegado por los accionantes así como también el peligro en la demora. Toda vez que a simple vista se advierte, grupos familiares que habitan en los inmuebles motivo de autos, lo hacen en condiciones de extrema precariedad, que los coloca en una situación de vulnerabilidad lesiva de derechos elementales tutelados por la Constitución Nacional, local, y los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos incorporados al texto constitucional por la reforma de 1994”.
“No debe perderse de vista que los Hogares de Tránsito, propiedad del Estado local, no presentan, mínimos estándares de habitabilidad y seguridad. A lo que debe sumarse la falta de apego al Código de Edificación de la C.A.B.A. –v. informes efectuados por la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal Argentina -División Siniestros y Prevención”, agrega.

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CASO CLUB 17 DE AGOSTO
Causa N° 26.462/11
Carátula: “Macri, Mauricio; Vidal, María Eugenia; Acevedo, José Luis; Tagliaferri, Guadalupe; Costantino, Sergio Gabriel; Pietrapertosa, Elena y Club Cultural y Deportivo 17 de Agosto s/ delito de acción pública”
Juzgado: Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 14
Interviene la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 30
Hecho: La causa se inició luego de que el juez Roberto Gallardo remitiera a la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, las actuaciones por irregularidades en la contratación del Club Cultural y Deportivo 17 de  Agosto. Es por la contratación de esa institución por parte del Gobierno de la Ciudad para albergar a personas en situación de calle. El magistrado pide que se investigue si se cometió algún delito. Además ordenó disponer la clausura de las instalaciones del club.
La medida fue dictada luego de los allanamientos realizados el pasado viernes en dependencias del Ministerio de Desarrollo Social porteño y en la sede del club, “en virtud de la reticencia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en dar cumplimiento a las reiteradas intimaciones a fin de que acompañe las constancias que acreditaren la habilitación específica del ‘Club 17 de Agosto’, y las constancias administrativas contractuales que unen al mentado club con el GCBA”.
Causa original: “Iriarte Miguel Angel contra GCBA y otros sobre Amparo (art. 14 CCABA)” - Expte. N° 29872/0

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CASO SAME EN LAS VILLAS
Causa N° 39381 / 0
Carátula: “Asesoría Tutelar Nº1 fuero CAYT y otros contra GCBA sobre Amparo (art. 14 CCABA)”
Juzgado: Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2 de la Ciudad de Buenos Aires
Hecho: Ordenan garantizar el servicio de emergencia médica en villas y asentamientos porteños.
Lo dispuso el juez Roberto Gallardo. Pidió al Gobierno de la Ciudad elaborar un plan que incluya un protocolo de atención del SAME y la protección de efectores y usuarios de los servicios de atención primaria en centros de salud y hospitales.

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CASO DESALOJO VILLA SOLDATI – PARQUE INDOAMERICANO
Causa N°
Carátula: “Pérez Ojeda Diosnel c/ GCBA s/ medida cautelar”
Juzgado original: Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2 de la Ciudad de Buenos Aires
Juzgado que investigó: Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 7 de la Ciudad de Buenos Aires
Hecho: Cientos de familias se asentaron en distintos sectores del Parque Indoamericano, de Villa Soldati y el día 7 de diciembre de 2010 en virtud de una orden judicial impartida por la Jueza María Cristina Nazar se llevo a cabo “... desalojo violento por parte de las fuerzas de seguridad de la Ciudad de Buenos Aires y de la Nación”.
Durante el desalojo “... la Policía Metropolitana y la Policía Federal realizaron disparos con armas de fuego hacia las familias en forma indiscriminada”.
A raíz del desalojo se produjo la muerte por herida de bala de dos personas y hubo gran cantidad de heridos por arma de fuego.

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CASO BELGRANO CARGAS
Causa N° 2659/10
Carátula: “N.N. s/delito de acción pública”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 10, Secretaría N° 19.
Hechos: En el marco de la Carpeta N° 9721 se investiga el manejo de fondos otorgados por la Secretaría de Transporte a BELGRANO CARGAS S.A. (subsidios para cubrir los costos de funcionamiento y obras básicas), por parte de la empresa que se ocupa del gerenciamiento del ramal, denominada Sociedad Operadora de Emergencia S.A. (S.O.E.) El contrato para la operación del servicio fue celebrado por esa firma, la Secretaría de Transporte y Belgrano Cargas S.A., el 13/06/2006. La mencionada firma está conformada por SHIMA S.A. (integrada por SIDECO AMERICANA S.A. y SANHE HOPEFULL & OIL), EMEPA S.A., BENITO ROGGIO TRANSPORTE S.A. y con una participación menor, por los sindicatos LA FRATERINIDAD, UNION FERROVIARIA y la ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS 15 de DICIEMBRE.

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CASO SUBTERRÁNEO – TRENES CHINOS
Causa N° 1219/09 (actuaciones complementarias N° 8)
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 10, Secretaría N° 19 (Fiscalía N° 11- Fiscalnet N° 32.669/09).
En el marco de la Carpeta N° 10.016 iniciada de oficio por la Oficina Anticorrupción, se investiga la relación entre Franco Macri y la SECRETARIA DE TRANSPORTE vinculada a la adquisición de material ferroviario en el marco del Convenio suscripto en el mes de julio de 2010 por la República Popular de CHINA y la ARGENTINA (adquisición -entre otros ítems- de 279 coches destinados a los subterráneos argentinos).
Conductas investigadas: posible administración fraudulenta (art. 173, inc. 7 CPN) e incumplimiento de los deberes de funcionario público (arts. 248 y 249 CPN).

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CASO AVIANCA – ENTREGA DE RUTAS AEREAS
Causa N° 18708/2016
Carátula: “Macri Mauricio, De Andreis Fernando, Cobas Carlos, Macri Francisco, Efromovich German y otros s/ asociación ilícita, cohecho y defraudación contra la administración pública”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 12
Hecho: Entrega de rutas aéreas - Avian y FlyBondi: los imputados son Mauricio y Franco Macri, Guillermo Dietrich, Mario Quintana, Fernando De Andreis, Carlos Cobas, Carlos y Diego Colunga, Germán Efromovich, Hernán Gómez. Instruye el juez Sergio Torres y el fiscal Jorge Di Lello.  Macri y su padre Franco fueron imputados por la entrega de rutas aéreas a una empresa que perteneció al Grupo Macri y fue vendida a la compañía Avianca en Marzo de 2016. Los compradores mantuvieron a Carlos Benjamín Colunga López, gerente de Mac Air Jet, como CEO de Avian Líneas Aéreas. La denuncia fue presentada por Rodolfo Tailhade y Juan Cabandié y el fiscal Jorge Di Lello decidió imputar al presidente, funcionarios y empresarios de SOCMA y de Avianca. El juez de la causa es Sergio Torres.
Véase también:

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CASO SHELL - ARANGUREN
Causa N° 5.611/2016
Carátula: “Aranguren Juan José s/ negociaciones incompatibles”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 9
Hecho: Beneficios a Shell CAPSA y tarifazos: los imputados son el Ministro de Energía y Minería de la Nación Juan José Aranguren, Losé Luis Sureda, Pablo Popik, Alejandro Sruoga, David Tezanos y Laura Alonso de la Oficina Anticorrupción. La instruye el juez Luís Rodríguez y el fiscal es Carlos Stornelli

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CASO DÓLAR FUTURO
Causa N° 12.152/2015
Carátula: “Banco Central República Argentina y otros s/defraudación por administración fraudulenta y defraudación contra la administración pública”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 11, Secretaría 22
Hecho: Dólar futuro: los imputados son Mario Quintana, Luis Caputo, Gustavo Lopetegui, José Torello, Pablo Curat y Federico Sturzenegger. El juez es Sergio Torres y el fiscal Jorge Di Lello.

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CASO INCOMPATIBILIDAD NOMBRAMIENTO COORDINADOR PARA EL COMBATE DEL LAVADO DE ACTIVOS Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
Causa N°
Carátula: “Marteau, Juan Félix s/ Negociaciones incompatibles con la función pública”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 11
Hecho: LAVADO DE ACTIVOS. Negociaciones incompatibles con la función pública:  imputado Juan Félix Marteau. El juez de la causa es Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Rívolo. Se investiga el por qué el Gobierno Nacional no tuvo en cuenta la incompatibilidad en el cargo de Juan Félix Marteau como “Coordinador Nacional para el Combate del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo”, tomando en cuenta que su estudio estuvo a cargo de la defensa del Grupo Clarín y de JP Morgan en la megacausa por lavado de dinero que tramita ante el Juzgado Federal del juez Sergio Torres por la fuga y lavado de 5 mil millones de dólares.

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CASO BLANQUEO DE CAPITALES PARA FAMILIARES
Causa N° 17.288/2016
Carátula: “Macri, Mauricio y ots. s/ abuso de autoridad”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 2
Hecho: Extensión del blanqueo para familiares: los imputados son Mauricio Macri, Marcos Peña (Jefe de Gabinete) y Alfonso Prat-Gay (Ministro de Economía). El juez es Sebastián Ramos y el fiscal Gerardo Pollicita. Fueron imputados por firmar el decreto que permitió a familiares de funcionarios ingresar al blanqueo de capitales. El fiscal impulsó la denuncia de la Diputada Victoria Donda, quien argumentó que la reglamentación de la ley y el decreto que añadió a parientes de funcionarios al blanqueo es ilegal.

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CASO LEBAC
Causa N° 16.595/2016
Carátula: “Macri, Mauricio y ots. s/ administración fraudulenta”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 3, Secretaría N° 5
Hecho: Lebac y deuda externa: los imputados son Mauricio Macri, Federico Sturzenegger y Alfonso Prat Gay. El juez es Daniel Rafecas y la fiscal María Paloma Ochoa.
Esta causa fue desestimada por el Juez el 19 de diciembre de 2016.

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CASO MEMORANDUM CON QATAR
Causa N° 17.082/2016
Carátula: “Macri, Mauricio y otros s/ defraudación contra la administración pública y otros”
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 3
Hecho: Memorandum con Qatar (diciembre 2016): Macri, la vicepresidenta, Gabriela Michetti, y otros funcionarios fueron imputados por la fiscal Paloma Ochoa por la firma de un memorándum con Qatar que involucra fondos de Anses por inversiones por 1.300 millones de dólares. La causa quedó a cargo del juez Daniel Rafecas, quien también investiga a otros funcionarios, diplomáticos qataríes e incluso al tenista Gastón Gaudio.
Esta causa fue desestimada por el Juez el 28 de marzo de 2017.

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CASO ARRIBAS – JEFE DE LA AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA ARGENTINA
Causa N° 439/2017
Carátula:
Juzgado: Federal en lo Criminal y Correccional N° 6, Secretaría N°11
Hecho: Se inicia la causa a raíz de la denuncia formulada por la Diputada Nacional, Elisa Maria A. Carrió para que se investiguen hechos de los cuales tomó conocimiento a través de una noticia periodística, publicada en el Diario La Nación, el día 11 de enero del corriente año, titulada ”Un Operador de Odebrecht  le giró US$600.000 al Jefe de Inteligencia Argentino”, firmada por el periodista Hugo Alconada Mon.
A través de la misma, se pone en conocimiento que un operador financiero y cambiario brasileño, condenado por la justicia en el marco de la investigación conocida como “Lava  Jato”, de nombre Leonardo  Meirelles, en oportunidad en de acogerse al régimen de “delación premiada” reconoció haber transferido un total de U$S594.518, mediante cinco giros, a la cuenta 373645-5 de la Sucursal Zurich del Credit Suisse, perteneciente a Gustavo Arribas, titular de la Agencia Federal de Inteligencia.

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CASO FONCAP – RODRIGUEZ LARRETA
Causa N° 17.667/04
Carátula: “FONCAP s/ Defraudación por administración fraudulenta”
Investigados: Eduardo Amadeo, Juan Bautista Peña, Horacio Rodríguez Larreta.
Hecho: Irregularidades de diversa índole cometidos por directivos de FONCAP S.A. (Fondo Fiduciario de Capital Social) en el período 1997/2003, vinculados a la gestión, control y contrataciones efectuadas por la sociedad, puestas de manifiesto en tres informes de la SIGEN (Sindicatura General de la Nación).

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CASO TELERMAN - TINELLI
Causa N° 23.638
Carátula: “Telerman, Jorge s/ Defraudación por administración fraudulenta”
Juzgado: Criminal Correccional N° 13, Secretaría N° 140
Hecho: Se investiga la contratación presuntamente irregular con la empresa Sol Group y Esfinge 21 (propiedad de Marcelo Hugo Tinelli), durante la gestión de Jorge Telerman. La contratación fue por grandes sumas de dinero y la firma era una intermediaria dedicada a colocar publicidad en los programas de la productora Sol Group.

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CASO LIFSIC
Sumarios y causas judiciales en las que fue y/o es investigada y/o condenada Clarisa Diana Lifsic, actual Secretaria de Promoción de Inversiones, dependiente del Ministerio de Comunicaciones del Gobierno de la Rep. Argentina:
1) COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
1.a. Expediente Nº 813/05 rotulado “BANCO HIPOTECARIO S.A. s/Verificación”
I.- Resolución Nº 15.119 - Buenos Aires, 21 de julio de 2005:
Se le instruye sumario como Directora del Banco Hipotecario S.A. por posible infracción a los artículos: 59, 261 y 269 de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550; 43, 44 y 67 del Código de Comercio; 1908 y 1198 del Código Civil; y 5° inc. a) -de acuerdo con la especificación contenida en el artículo 3° inc. 30) del Capítulo XXI de las Normas (NT 2001)- y 8° inc. a) del Régimen de Transparencia de la Oferta Pública, aprobado por Decreto N° 677/01.
II.- Resolución Nº 15.205 - Buenos Aires, 30 de septiembre de 2005:
Aplica a Banco Hipotecario S.A. la multa de pesos un millón ($ 1.000.000) la que deberá ser soportada en forma solidaria por los Sres. Clarisa Lifsic de Estol, Eduardo Elsztain, Saùl Zang, Ernesto Viñes, Pablo Daniel Vergara del Carril, y Gabriel Adolfo Gregorio Reznik, por infracción a los artículos 59, 261, 269 de la LSC Nº 19.550; artículos 43, 44 y 67 del Código de Comercio; artículos 1098 y 1198 del Código Civil, y artículo 5º inciso a) -de acuerdo con la especificación contenida en el artículo 3º inciso 30 del Cap. XXI de las NORMAS (N.T.2001) y 8º inciso a) del Régimen de Transparencia de la Oferta Pública, aprobado por Decreto Nº 677/01.
1.b. Expediente Nº 211/05 rotulado “BANCO HIPOTECARIO S.A. s/ dispensa de informar”
I.- Resolución Nº 15.161 – Buenos Aires, 25 de agosto de 2005:
Se le instruye sumario como representante legal, apoderada y/o autorizada de DOLPHIN FUND PLC para actuar ante las sociedades de bolsa, por posible infracción a lo dispuesto por los artículos 34 del Decreto Nº 677/01 y 27 incisos , b.1.), c.1) y c.1.2) del Capítulo XXI de las NORMAS (N.T. 2001).
II.- Resolución Nº 15.424 - Buenos Aires, 13 de julio de 2006.-
Fue absuelta de las imputaciones pero en los considerandos se expuso:
CITO
Que, por lo tanto, no obstante que los elementos de juicio tenidos en cuenta a la hora de la instrucción sumarial presupondrían la existencia de una maniobra manipulativa, a la luz de la interpretación de la normativa mencionada, ellos no resultan suficientes como para tener por acreditada la comisión de la conducta endilgada.
Que en la solución del presente caso, debe valorarse la situación desde el estricto punto de vista jurídico quedando al margen el estado de conciencia o íntima convicción, por cuanto ello desnaturalizaría la justicia y el sistema de derecho, en el que la ley preexiste y el Juzgador procede de acuerdo a ella, alcanzando sus conclusiones solamente al evaluar razonadamente la prueba.”
FIN DE LA CITA

2) CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - SALA IV
Expte. Nº 71379/2014 “BANCO HIPOTECARIO SA Y OTROS c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 41
Fecha de Resolución: 21 de Junio de 2016:
Se rechaza la apelación deducida y se confirma la resolución N° 513/14 del Banco Central de la Rep. Argentina, en la que se le impuso a CLARISA DIANA LIFSIC una multa de $84.000 por “Incumplimiento de las Normas Mínimas sobre Controles Internos, en transgresión a la Comunicación ‘A’ 2525, CONAU 1-212, Anexo, punto II”.
2.a LA RESOLUCIÓN N° 513/14 DEL BCRA Y SUS FUNDAMENTOS:
1º) El 16 de septiembre de 2014, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias del Banco Central de la República Argentina suscribió la resolución N° 513 en virtud de la cual, en lo que es pertinente y con base en lo dispuesto en el art. 41, inc. 3º, de la ley 21.526, impuso al Banco Hipotecario SA, multa de $112.000, al señor Pablo Daniel Vergara del Carril, multa de $112.000, al señor Jorge Luis March, multa de $87.600, al señor Carlos Bernardo Pisula, multa de $85.400, a la señora Clarisa Diana Lifsic de Estol, multa de $84.000, al señor Federico León Bensadón, multa de $82.900, a los señores Eduardo Sergio Elsztain, Jacobo Julio Dreizzen, Gabriel Adolfo Gregorio Reznik, Edgardo Luis José Fornero, Ernesto Manuel Viñes y Saúl Zang, multa de $56.000 y al señor Jaime Armando Grinberg, multa de $31.600 (fs. 867/879).
2°) El Visto de la resolución N° 513/14 da cuenta de que, mediante la resolución 492, emitida el 21 de noviembre de 2012, se instruyó el sumario financiero Nº 1365, en los términos del art. 41 de la ley 21.526, para determinar la responsabilidad del Banco Hipotecario SA y de diversas personas físicas por su actuación, por la imputación de cargo que tenía sustento en el informe Nº 388/61/12, a saber:
Cargo: “Incumplimiento de las Normas Mínimas sobre Controles Internos, en transgresión a la Comunicación ‘A’ 2525, CONAU 1-212, Anexo, punto II”
3º) Según los considerandos de la resolución que quedó firme, los hechos que configuraron el Cargo se pusieron en evidencia con motivo de la evaluación llevada a cabo por la Gerencia de Control de Auditores del BCRA sobre la labor de los responsables de la verificación del cumplimiento de las normas mínimas sobre controles internos del Banco Hipotecario, por el período 2007, por medio de la revisión selectiva de los papeles de trabajo de auditoría interna y sus informes, reuniones con el responsable del sector y la evaluación del funcionamiento del comité de auditoría.

3) BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
En el sitio oficial del BCRA puede encontrarse información relacionada con sumarios llevados por dicha entidad, ingresando al sitio:

Allí se puede ver:

Sumarios Financieros
Resol.
Fecha
Carátula
Personas Físicas
o Jurídicas
Documento/CUIT
Tipo de Resolución
Monto
Meses inhab.
Estado Procesal
 23/11/15
BANCO HIPOTECARIO S.A.
Clarisa Diana LIFSIC de ESTOL 
27-16247555-5
Multa
$ 560.000

No firme
Eduardo Sergio ELSZTAIN   
20-14014114-4
Multa
$ 560.000

No firme
Saúl ZANG 
20-04533949-2
Multa
$ 560.000

No firme
Ernesto Manuel VIÑES 
20-04596798-1
Multa
$ 560.000

No firme
Gabriel Adolfo Gregorio REZNIK 
20-12945351-7
Multa
$ 560.000

No firme
Pablo Daniel VERGARA DEL CARRIL 
23-17839402-9
Multa
$ 560.000

No firme
Mauricio Elías WIOR 
23-12746435-9
Multa
$ 560.000

No firme


3.a. La RESOLUCIÓN N° 987/15 DEL BCRA:

Se le hace notar al lector que mientras el 23 de noviembre de 2015 el Banco Central de la República Argentina sancionaba a Clarisa Diana Lifsic con una multa de $560.000 (equivalente a esa fecha a u$a 42.000 aproximadamente – cotización considerada: 1 dólar = $13.42), por falsedad en declaraciones juradas, el Presidente de la Rep. Argentina, Mauricio Macri (quien asumió como tal el 10/12/2015), la nombró Secretaria de Promoción de Inversiones en el Ministerio de Comunicación, a partir del 29 de diciembre de 2015.

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CASOS POR INCOMPATIBILIDADES EN EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y CONFLICTO DE INTERESES

Puede leerse en https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/informe_semestral_oa_2016_0.pdf que al 30 de junio de 2016 existían en el ámbito de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno de la Rep. Argentina, más de 150 actuaciones sobre funcionarios del gobierno entrante y el saliente, algunas en trámite y otras resueltas, pero que continúan para realizar un seguimiento de las medidas o recomendaciones formuladas.

Casos iniciados por consulta del propio funcionario o de sus superiores jerárquicos

· Carolina CASTRO (Subsecretaria de Política y Gestión de la Pequeña y Mediana Empresa) El Subsecretario de Coordinación del Ministerio de Producción consulta –previo a la designación de Carolina Castro como Subsecretaria de PYME- sobre la configuración de un conflicto de intereses derivado de su carácter de Ex Directora (renunciante) y su actual calidad de socia de dos PYMES. Resolución OA/DPPT Nº 509/16 (15/01/2016). Se hace saber la inexistencia de conflicto de intereses actual, pero se informan las restricciones al desempeño de la funcionaria derivadas de su situación profesional y patrimonial previa y actual (deber de abstención y excusación). Se formulan recomendaciones preventivas.

· Rodrigo H. PENA (Subsecretario de Evaluación de Presupuesto Nacional) El funcionario consulta si existe incompatibilidad entre su desempeño como Subsecretario de Evaluación de Presupuesto Nacional y un eventual rol de director de una entidad bancaria oficial provincial. Informe de fecha 21/01/2016. Se le informa que los cargos son incompatibles. El funcionario declinó aceptar su designación como director de la entidad bancaria.

· María Eugenia TALERICO (Vicepresidente de la UIF) En el marco del Procedimiento de Selección de Autoridades de la UIF, se requiere a la OA emita su opinión sobre la postulación de la Dra. María Eugenia Talerico al cargo de Vicepresidente de la UIF en el marco de la Ley de Ética Pública. Ello en virtud de su previa actividad profesional en el área de lavado de activos. Resolución OA/DPPT Nº 510/16 (15/01/2016) Se hace saber la inexistencia de conflicto de intereses actual, pero se informan las restricciones al desempeño de la funcionaria derivadas de su situación profesional previa como abogada independiente en delitos tributarios y lavado de activos (deber de abstención y excusación). Se formulan recomendaciones preventivas.

· Mariano FEDERICI (Presidente de la UIF) En el marco del Procedimiento de Selección de Autoridades de la UIF, se requiere a la OA emita su opinión sobre la postulación del Dr. Mariano Federici al cargo de Presidente de la UIF en el marco de la Ley de Ética Pública. Ello en virtud de su previa actividad profesional como abogado senior del FMI y Consejero externo de la Fundación FININT. Resolución OA/DPPT Nº 510/16 (15/01/2016). Se hace saber la inexistencia de conflicto de intereses actual, pero se informan las restricciones al desempeño del funcionario derivadas de su situación profesional previa (deber de abstención y excusación). Se formulan recomendaciones preventivas.

· Guillermo RIERA (Subsecretario de Vínculo Ciudadano) El funcionario consulta sobre el eventual conflicto de intereses derivado de su carácter de socio y director de la empresa G-Digital S.A. Resolución OA/DPPT Nº 516/16 (22/04/2016). Se hace saber la inexistencia de conflicto de intereses actual, pero se informa su prohibición de proveer al organismo. Se formulan recomendaciones preventivas. Se dispone remisión a la Procuración del Tesoro por eventual incompatibilidad en el marco de la Ley de Ministerios.

· Santiago OTAMENDI (Secretario de Justicia) El funcionario consulta sobre la eventual incompatibilidad entre el ejercicio de su cargo de Secretario de Justicia y su actividad de investigador-docente del Instituto Superior de Seguridad Pública del GCBA. Informe 17/03/2016 – Se le informa que la actividad desempeñada como docente no resulta incompatible, a tenor de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Ministerios (que exceptúa el ejercicio de cargos docentes)

· Alejandro Fabio PEREYRA (Director del ENACOM) El funcionario informa sus antecedentes y vínculos profesionales previos y solicita se tenga por cumplido el artículo 12 de la Ley 25.188 Resolución Nº 519/16 (03/06/2016) – aún no publicada (en etapa de notificación). Se tiene por cumplida la denuncia de antecedentes profesionales. Se le informan al funcionario las restricciones a su gestión (deber de abstención, excusación) derivadas de sus vínculos previos.

· Eduardo BERTONI (Director Nacional de Protección de Datos Personales) El señor Subsecretario de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia consulta sobre la eventual existencia de incompatibilidad del postulante a desempeñarse como Director Nacional de Protección de Datos Personales –Eduardo Bertoni- en virtud de su carácter de Director del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE). Resolución OA/DPPT Nº 515/16 (31/03/2016). Se le informa que ambos cargos no resultan compatibles en virtud de la Ley 25.236. Se hacen saber las restricciones a su gestión (deber de abstención y excusación) derivadas de sus vínculos previos.

· Alfonso PRAT GAY (Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas) El propio Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas se presenta e informa que renunció a su cargo de Director de la empresa APL Economía y se decidió el completo cese de sus actividades hasta tanto concluyan sus funciones públicas. Resolución OA/DPPT Nº 512/16 (01/03/2016). Se tiene presente la renuncia comunicada y se le formulan recomendaciones al funcionario -en el marco de la Ley de Ética- derivadas de sus vínculos comerciales y profesionales previos (deber de abstención, excusación).

· Pedro LACOSTE (Secretario de Política Económica y Planificación del Desarrollo) El Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas se presenta e informa que el señor Pedro Lacoste renunció a su cargo de Director de la empresa APL Economía y se decidió el completo cese de sus actividades hasta tanto concluyan sus funciones públicas. Resolución OA/DPPT Nº 512/16 (01/03/2016). Se tiene presente la renuncia comunicada y se le formulan recomendaciones al funcionario -en el marco de la Ley de Ética- derivadas de sus vínculos comerciales y profesionales previos (deber de abstención, excusación).

· Luis Andrés CAPUTO (Secretario de Finanzas) El Ministro de Hacienda y Finanzas se presenta e informa que el señor Luis Andrés Caputo renunció a su cargo de Director de la empresa APL Economía y se decidió el completo cese de sus actividades hasta tanto concluyan sus funciones públicas. Resolución OA/DPPT Nº 512/16 (01/03/2016). Se tiene presente la renuncia comunicada y se le formulan recomendaciones al funcionario -en el marco de la Ley de Ética- derivadas de sus vínculos comerciales y profesionales previos (deber de abstención, excusación).

· Miguel BRAUN (Secretario de Comercio) El funcionario informa su participación accionaria en empresas y consulta sobre las limitaciones en el ejercicio de su función de Secretario de Comercio. En trámite. Se le requirió información sobre su rol en cada una de las empresas y el objeto social de las mismas.

· Alejandro E. FARGOSI (Auditor de Fiscalización de SADAIC) El funcionario consulta sobre la eventual incompatibilidad derivada del simultáneo desempeño como Auditor de Fiscalización de SADAIC y Director del Banco Macro S.A. Resolución OA/DPPT Nº 522/16 (12/07/2016). Aún no publicada (en etapa de notificación). Se hace saber la inexistencia de incompatibilidad.

· Alejandro A. CACETTA (Presidente del INCAA) El funcionario consulta sobre los límites a su desempeño como Presidente del INCAA derivados de su previo carácter de empleado de Patagonik Film Group En trámite.

· Marcelo SCAGLIONE. Representante del Ministerio de Hacienda y Finanzas ante la OCDE Se remitió el expediente con carácter previo a su designación. Se consulta sobre el eventual conflicto de intereses derivado de la previa actuación profesional. Informe final 27/05/2016 y remisión a organismo de origen 02/06/2016. Se hace saber la inexistencia de conflictos de intereses actual. Se formulan recomendaciones al funcionario -en el marco de la Ley de Ética- derivadas de sus vínculos comerciales y profesionales previos (deber de abstención, excusación).

· Alberto ABAD (Titular AFIP) El Sr. Subdirector General de Coordinación Técnico Institucional consulta sobre la situación del Dr. Abad en su carácter de accionista de una empresa que mantiene deuda con la AFIP (Molinos Río de la Plata S.A.). En trámite. Se pidió ampliación de la información oportunamente proporcionada (aún pendiente de respuesta)

Casos iniciados por la OA de oficio o ante denuncia de terceros

· Juan José ARANGUREN (Ministro de Energía y Minería) Iniciado por denuncia del Dip. Doñate a fin de analizar el eventual conflicto de intereses derivado del previo rol del Ing. Aranguren como CEO de Shell CAPSA y su actual carácter de accionista de Royal Dutch Shell Plc. Se amplió el objeto de la investigación de oficio a fin de constatar la ausencia de intervención del ministro en la adquisición de 7 cargamentos de gas oil a Shell Western a través de YPF-CAMMESA en abril de 2016. En trámite. Se notificó al funcionario con carácter previo a resolver.

· Juan Félix MARTEAU (Coordinador Nacional para el Combate del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo) Iniciado de oficio por la OA a fin de analizar la existencia de conflicto de intereses en virtud de los vínculos previos (y/o actuales) derivados del ejercicio de la profesión, por parte del funcionario. En trámite.

· José María TORELLO (Jefe de Asesores de Presidencia de la Nación ) Iniciado de oficio por la OA a fin de analizar la existencia de conflicto de intereses en virtud de la eventual participación del funcionario en la operatoria de dólar futuro. En trámite.

· Gustavo S. LOPETEGUI (Secretario de Coordinación de Políticas Públicas) Iniciado de oficio por la OA a fin de analizar la existencia de conflicto de intereses en virtud de la eventual participación del funcionario en la operatoria de dólar futuro. En trámite.

· Mario Eugenio QUINTANA (Secretario de Coordinación Interministerial) Iniciado de oficio por la OA a fin de analizar la existencia de conflicto de intereses en virtud de la eventual participación del funcionario en la operatoria de dólar futuro. En trámite.

· Pablo CURAT (Director del Banco Central de la República Argentina) Iniciado de oficio por la OA a fin de analizar la existencia de conflicto de intereses en virtud de la eventual participación del funcionario en la operatoria de dólar futuro. En trámite.

· Héctor Ricardo SERICANO (Director del ENRE) Iniciado de oficio por la OA a fin de analizar la existencia de conflicto de intereses en virtud de los antecedentes profesionales del funcionario (previa vinculación con EDENOR). En trámite. Sin perjuicio de ello, al iniciarse el trámite se le formularon recomendaciones preventivas.

· David TEZANOS GONZALEZ (Interventor del ENARGAS) Iniciado de oficio por la OA a fin de analizar la existencia de conflicto de intereses en virtud de los antecedentes profesionales del funcionario y su actual situación patrimonial. En trámite. Sin perjuicio de ello, al iniciarse el trámite se le formularon recomendaciones preventivas.

· Daniel Alberto PERRONE (Subinterventor del ENARGAS) Iniciado de oficio por la OA a fin de analizar la existencia de conflicto de intereses en virtud de los antecedentes profesionales del funcionario. En trámite. Sin perjuicio de ello, al iniciarse el trámite se le formularon recomendaciones preventivas.

· Juan Antonio GARADE (Director del ENRE) Iniciado de oficio por la OA a fin de analizar la existencia de conflicto de intereses en virtud de los antecedentes profesionales del funcionario. En trámite. Sin perjuicio de ello, al iniciarse el trámite se le formularon recomendaciones preventivas.

· Pablo ROVITO (Rector del ENERC - INCAA) Iniciado sobre la base de otro expediente a fin de indagar sobre la existencia de un eventual conflicto de intereses en virtud del alquiler de un inmueble. En trámite.

Casos iniciados por la OA de oficio a fin de reformular recomendaciones preventivas por su actividad privada previa

· Mario Eugenio QUINTANA (Secretario de Coordinación Interministerial - Jefatura de Gabinete de Ministros) Nota con recomendaciones preventivas Nº 2208/2016 en virtud de sus vínculos profesionales / comerciales previos y/o actuales.

· Pablo POPIK (Subsecretario de Refinación y Comercialización - Ministerio de Energía y Minería) Nota con recomendaciones preventivas Nº 2206/16 - en virtud de sus vínculos profesionales / comerciales previos y/o actuales.

· Gustavo Fabián LOPETEGUI (Secretario de Coordinación de Políticas Públicas - Jefatura de Gabinete de Ministros) Nota con recomendaciones preventivas Nº 2205/16 en virtud de sus vínculos profesionales / comerciales previos y actuales.

· Sebastián Alejandro KIND (Subsecretario de Energías Renovables - Ministerio de Energía y Minería) Nota con recomendaciones preventivas Nº 2204/16 en virtud de sus vínculos profesionales / comerciales previos y/o actuales. El funcionario respondió el requerimiento e informó sobre su vinculación con las empresas y las renuncias previas a todos los cargos que desempeñara.

· Rogelio FRIGERIO (Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda) Nota con recomendaciones preventivas Nº 2203/16 en virtud de sus carácter de socio de la empresa Economía y Regiones. El funcionario vendió su participación accionaria en su carácter de Director de la empresa.

· Hugo Aníbal BALBOA (Presidente de ENARSA) Nota con recomendaciones preventivas Nº 2210/16 en virtud de sus vínculos profesionales / comerciales previos y/o actuales.

· Natalia ZANG (Subsecretaria de Evaluación de Proyectos con Financiamiento Externo) Nota con recomendaciones preventivas Nº 2207/16 en virtud de sus vínculos profesionales / comerciales previos y/o actuales.

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FUENTE: Diario Pagina 12 - 02 de abril de 2017
Nota: “LOS CONFLICTOS DE INTERESES QUE INVOLUCRAN A MAURICIO MACRI Y SUS FUNCIONARIOS - Una marca registrada de la gestión PRO”

1)    En el Ministerio de Transporte, además de su titular y Werthein, el Administrador de Ferrocarriles del Estado, Marcelo Orfila, está investigado en otra causa penal. En su caso fue gerente del grupo Monarca y Alpargatas y también director de Aeropuertos Argentina 2000. Orfila está imputado por la contratación directa de seguros ferroviarios a una compañía vinculada a Socma. 
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2)    El ministro de Cultura, Pablo Avelluto, ex director de la región Sur de la editorial multinacional Random House, abrió la importación de libros. Además fue denunciado penalmente, junto a Juliana Awada por haber gastado 50 millones de pesos del Estado nacional para que 12 galerías de arte porteñas –varias de ellas vinculadas al poder político– vendieran sus obras en la feria ARCO de España, durante la visita presidencial a ese país. Entre). Entre las galerías beneficiadas estuvieron la de María Calcaterra, hija de su Angelo, el primo de Macri, y la del arquitecto Mariano Clusellas, primo de Pablo Clusellas, Secretario Legal y Técnico de la Nación.
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3)    Luis María Blaquier, ex director del Grupo Clarín y de la alimenticia Arcor, compró como Administrador del Fondo de Garantías de Sustentabilidad (FGS) de la Anses acciones de Clarín y Arcor con el dinero de los jubilados. Blaquier abandonó su cargo luego que se conociera el memorándum que el FGS firmó con Qatar, que creaba una estructura offshore y un administrador extranjero. La causa por el memorándum fue rápidamente desestimada por la justicia federal.
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4)    El presidente del Instituto de Propiedad Intelectual, Damaso Pardo (socio del estudio Pérez Alati, Grondona, Benites, Arsten y Martínez de Hoz, que asesora y defiende a laboratorios extranjeros) modificó la normativa sobre patentes medicinales que protegía a los laboratorios nacionales. El subinspector General de Justicia, Osvaldo Norte Sabino, es socio del estudio Marjal, O’Farrell & Maizal que acciona en la IGJ.
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5)    Otros funcionarios son los encargados de controlar a las empresas de donde provienen. Es el caso de los secretarios de Planeamiento Estratégico, Daniel Redondo (ex CEO de Esso Standard); de Energías Renovables, Sebastián Kind (presidente de Renewables y ex Pan American Energy); de Exploración y Producción, Marcos Pourteau (director de Endriven y ex Total Gas); de Ahorro de Energía, Andrea Heins (fundó Energy Perfomance); de Energía Hidroeléctrica, Walter Marcolini (accionista de Central Puerto); el titular de Enarsa, Hugo Balboa (director de Axion y ex de Shell, Pecom Energía y Sociedad Comercial del Plata).
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6)    Los tentáculos empresarios llegan hasta el propio organismo regulador, donde el Ente Nacional Regulador de Electricidad (ENRE) está presidido por Juan Garade, socio de Management Consultants y que por 20 años dirigió Edesur y Edenor; mientras que el director Ricardo Sericano pertenece a la consultora RHS y fue gerente de Edenor.
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7)    Al Ministerio de Finanzas Públicas arribaron los gurúes de las finanzas en la city porteña. El ministro Luis Caputo (presidente del fondo de inversión Axis y Axis Dólares, presidió el Deutsche Bank y fue jefe del JP Morgan para América Latina), está imputado por la compra de 80 millones de dólares en la operación a futuro, “negoció” con los fondos buitre y fue el encargado de emitir deuda pública por 15 mil millones de dólares. En la emisión de deuda lo acompañaron el vice segundo del BCRA, Daniel Reidel (ex del banco de inversiones Goldman Sach y ex JP Morgan) y el presidente de la Bolsa de Valores, Marcos Ayerra (director del Grupo Biosidus y ex vice de Chase Securites-JP Morgan). El director del BCRA, Pablo Curat (consultor del BID y BM) también está imputado por la compra de dólar futuro con la compra de medio millón de dólares. 
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8)    Los sabuesos que desembarcaron en la Unidad de Información Financiera (UIF), que debe investigar el lavado de dinero y activos, también tienen acumulada experiencia del otro lado del mostrador. Su titular, Mariano Federici, fue abogado del FMI y está vinculado al estudio Marteau, el principal litigante contra la UIF. La primera tarea de la vicepresidenta de la UIF, María Eugenia Talerico (abogada del banco HSBC), fue cerrar las investigaciones contra el HSBC luego que un ex funcionario del banco detallara ante la justicia francesa la existencia de 4040 cuentas de argentinos en Suiza con 3.500 millones de dólares que la entidad facilitó fugar del país. La fiscal de la UIF, Celeste Plee, es la abogada del estudio Marteau y del Banco Masventas encargada de defender al banco más sancionado. 
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9)    El dueño del buffet, Juan Felix Marteau, ostenta el cargo de “Coordinador Nacional para el Combate de Lavado de Activos” y está imputado en la causa por el cual su propio estudio habría asesorado al Gobierno para facilitar el blanqueo de capitales.

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Causa N° 027116/2013/7/4/1
Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Carátula: RECURSO QUEJA Nº 1 - IMPUTADO: MACRI, MAURICIO Y OTROS S/VEJACION O APREMIOS ILEGALES (ART.144 BIS INC.2) - QUERELLANTE: CORNEO, EDUARDO MARTIN-EN REP. MARTINEZ JUAN ENRIQUE Y OTROS”

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Causa N° 053350/2008/13/1/1
Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Carátula: “RECURSO QUEJA Nº 1 - IMPUTADO: MACRI, MAURICIO Y OTROS S/COACCION AGRAVADA (ART.149 TER.INC.1), ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.FUNC.PUBL.(ART.248), ROBO Y LESIONES LEVES (ART.89) QUERELLANTE: CISNEROS, GRACIELA BEATRIZ”

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Causa N° 020209/2013/2/1
Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Carátula: “RECURSO QUEJA Nº 1 - IMPUTADO: MACRI, MAURICIO Y OTROS S/ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB. FUNC. PUBL. (ART.248) - DENUNCIANTE: FUENTES , JULIO Y OTROS”

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Causa N° 021228/2010
Juzgado: Contencioso Administrativo Federal N° 11
Carátula: “PRO HECTOR ALBERTO C/ PARTIDO PROPUESTA REPUBLICANA Y OTRO S/PROCESO DE CONOCIMIENTO”

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Causa N° 006248/1997
Juzgado: Contencioso Administrativo Federal N° 5
Carátula: “MACRI MAURICIO C/ ... S/HABEAS DATA”

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Causa N° 000273/2014(50-C)
Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Carátula: “MACRI, MAURICIO Y OTROS S/ABANDONO DE PERSONA CON MUERTE”

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Causa N° 000423/2011(47-M)
Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Carátula: “MACRI MAURICIO Y OTROS S/CAUSA N° 10147”

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Causa N° 1.378
Carátula: “Macri, Francisco y otro s/recurso de casación”
Juzgado: Cámara Nacional de Casación Penal, Sala IV. Originariamente tramitó ante el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, provincia de Entre Ríos, bajo el n° 2646, y posteriormente ante la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, provincia de Entre Ríos, bajo el no. 4-1378.

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Causa N° 10.120
Carátula: Francisco Macri y Raúl Martínez …
Juzgado: Nacional en lo Penal Económico n° 6

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Causa N° M286
Carátula: “Macri, Francisco y otro s/evasión fiscal -causa 2646- por Recurso de Hecho“
Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. Anteriormente tramitó en la Cámara Nacional de Casación Penal.

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Listado de causas en las que está involucrado Mauricio Macri, surgido del sistema de gestión integral de expedientes judiciales del Poder Judicial de la Nación, República Argentina:









































FUENTE: www.eldestapeweb.com - Gestión Integral de Expedientes Judiciales (versión 5.0-300)- Poder Judicial de la Nación – República Argentina – Desarrollado con EXPAND – BASE 100 S.A. – Versión 4.0 Producción.




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